Redacción México, DF.- Mediante la emisión de dos jurisprudencias dictadas en fecha reciente por la Segunda Sala de la Suprema Corte de Justicia de la Nación, esa instancia ordena a jueces y magistrados que se abstengan de otorgar de manera indiscriminada, como venía ocurriendo, amparos en contra del decreto presidencial que prohibe la importación de vehículos usados provenientes de Estados Unidos. Dichas jurisprudencias versan: primero: en el sentido de que el certificado de origen de los vehículos a importar, debe contar con el documento que exige el decreto presidencial vigente para dicha materia, es decir, el certificado otorgado por la empresa fabricante del vehículo o el llamado Certificado de Origen Duro y no el que contempla el Tratado de Libre Comercio. Segundo: Se refiere al cumplimiento de la NOM41, la cual es una norma ambiental que exige la exhibición de un certificado ambiental conocido como "equivalencia para la importación de vehículos a gasolina o los equipados con motor a diesel", expedido por alguna autoridad ambiental norteamericana. Con este documento se constata que el vehículo está en condiciones ambientales optimas y que cumple con los rangos de emisiones contaminantes establecidos para cada unidad que se pretenda importar al país. Este ordenamiento también fue dado a conocer a todo el personal de la Secretaria de Hacienda y Crédito Público, especialmente a funcionarios de la Dirección General de Aduanas, administradores de las aduanas fronterizas y personal del Sistema de Administración Tributaria (SAT), para que lo cumplan y hagan cumplir sin consideraciones ni excepciones. Con esta acción, la SCJN busca frenar el otorgamiento sin control de tales medidas cautelares, que en los últimos años se habían convertido en negocio y mecanismos de corrupción para algunas personas, principalmente del círculo político, quienes protegidos por el poder y las influencias de personalidades políticas, obtenían fuertes sumas de dinero con la operación de dichos amparos, contando con la complicidad de algunos jueces. Gran relevancia tomaron los casos del Jueces 2o y 3o de Distrito en Mexicali, Baja California, José André Nalda y Daniel José Gonzalez Nalda, respectivamente, correspondientes al Décimo Quinto Circuito, a quienes se les señalaron como cómplices de algunos grupos empresariales y de políticos que hoy ostentan candidaturas a puestos de elección popular, como son los casos de Fernando Castro Trenti, candidato a gobernador de Baja California por la Coalición Compromiso por Bajá California y Eliu Topete, candidato a Presidente Municipal de Mexicali, también por la citada coalición. Infinidad de publicaciones y grabaciones en Youtube demuestran que ambos controlan y se benefician con este sucio negocio. El documento en mención ordena la prohibición de amparos al decreto presidencial. Fue distribuido también al personal de la SCJN y está firmado por el Lic. Cuauhtémoc Rafael Montero Clavel, Director General de Evaluación de la SHCP. El espíritu de esta medida suspencional es impedir que se siga causando un daño patrimonial a la nación, auspiciando la importación de vehículos usados procedentes de EU, con lo que se afecta la planta productiva nacional y, se pone en riesgo la salud e interés social, al permitir la importación de vehículos que no garanticen el cumplimiento de las normas ambientales mexicanas. En principio y como se señaló anteriormente, busca desactivar el negocio que venían ejerciendo jueces y Consejeros de la Judicatura, quienes al conceder un número considerable de suspensiones para la importación de vehículos usados, siguen recibiendo generosas cantidades de dinero por apoyar estas actividades, consideradas conductas a todas luces corruptas. |