Miércoles 31 Julio 2013
** Dentro de la norma se detalla lo que se considera como información personal; abarca nombre, domicilio, teléfono, creencias religiosas, políticas y estado de salud  David GÓMEZ ley2El blindaje de los datos personales que brindan los ciudadanos para realizar trámites administrativos y sanciones para los funcionarios o empresas que empleen esa información para fines distintos a los autorizados forman parte de los lineamientos que establece la Ley de Protección de Datos Personales que se encuentra en análisis en el Congreso local. La propuesta fue presentada la semana pasada por la diputada panista Josefina Buxadé Castelán, quien fue presidenta de la Comisión para el Acceso a la Información Pública, y busca aterrizar en Puebla lo establecido en la ley federal que se aprobó y publicó en 2010. En primera instancia, dentro de esta norma se detalla de manera clara qué se considera como información personal y abarca desde el nombre, domicilio y teléfono de los ciudadanos, hasta creencias religiosas, políticas y estado de salud. También se incluye la preferencia sexual de las personas, su información genética, su número de afiliación a organismo de asistencia social, así como especificaciones de su vida sentimental o familiar. Si bien esta información es proporcionada a entes de gobierno y privados para hacer trámites de todo tipo, al aprobarse esta ley todos estos datos serán clasificados como confidenciales, por lo que los organismos que los reciban no podrán emplearlos para otros fines. Con consentimiento Para poder usar la información para cuestiones alternas al trámite realizado, los sujetos tendrán que pedir consentimiento a los ciudadanos, quienes están en libertad de aprobar o negar éste. El principio de confidencialidad de los datos personales quedó establecido en el Artículo 7 de este ordenamiento, en el cual se indica que sólo el titular de la información podrá acceder a ésta, así como el responsable o usuario externo del Sistema de Datos Personales que lo solicitó originalmente para su tratamiento. Para los organismos públicos o privados que violenten este ordenamiento se establecen sanciones que van desde amonestaciones, suspensión hasta por seis meses, multas económicas, la destitución del empleo y hasta inhabilitaciones para ocupar cargos públicos hasta por 12 años. Restricción Con este ordenamiento se busca que las bases de datos que se encuentran en poder de empresas, organismos estatales, autoridades municipales y judiciales, representantes del poder legislativo y hasta partidos políticos no sean empleados para fines que no fueron autorizados por los titulares. Este empleo puede ir desde el uso del correo electrónico para campañas publicitarias no deseadas hasta acoso y fraude. Esta iniciativa se encuentra bajo estudio en el Congreso local, y podría ser aprobada en las próximas semanas.