¿El ejército en las calles? Reforma constitucional sobre las Fuerzas Armadas

En Septiembre se discutirá la Reforma Constitucional sobre las Fuerzas Armada. ¿De qué va?

Reforma Constitucional a las Fuerzas Armadas
Freddy Angón Reforma Constitucional a las Fuerzas Armadas

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Este mes de septiembre, se espera que la LXVI legislatura discuta el dictamen sobre la iniciativa a la Reforma Constitucional de las Fuerzas Armadas, la cual fue propuesta por el presidente López Obrador el 5 de febrero de 2024. 

Esta iniciativa busca modificar dos cuestiones torales: la adscripción de la guardia nacional y las funciones del ejército, fuerza aérea y armada de México. 

¿Adscripción de la Guardia Nacional? 

La iniciativa propuesta por López Obrador, plantea que la Guardia Nacional se convierta en una cuarta fuerza armada permanente, sumándose así al ejército, la fuerza aérea y la armada, es udecir, se extenderá el fuero militar a la guardia nacional. 

El fuero militar se refiere al conjunto de normas y procedimientos legales que solo son aplicables a la fuerza armada. Este asegura que los integrantes de las Fuerzas Armadas sean juzgados de manera justa y específica, además también otorga ciertos privilegiados que hasta el momento la Guardia Nacional ha obtenido. 

Guardia Nacional. Foto:EsImagen
Guardia Nacional. Foto:EsImagen

Con la reforma, la Guardia Nacional se volvería parte de la Fuerza Armada permanente, pero su función principal sería fingir como una organización policial. Es decir, con la reforma se plantea que la fuerza armada permanente se encargue de la seguridad nacional y la seguridad pública. 

La iniciativa propone que la Secretaría de Seguridad Pública quede reducida a la formulación de estrategia para la seguridad, pero no contará con una fuerza de seguridad propia. La Guardia Nacional, como parte del ejército, tendrá la facultad de “investigar los delitos”. 

Constitución actual 

Propuesta de reforma

Establece un límite de 9 años para la participación de fuerzas armada en las labores de seguridad pública

No existe límite de participación 

La participación debe ser extraordinaria

No exige participación extraordinaria

Prohíbe que las labores se extienda a funciones de procuración de justicia

Otorga las facultades para que la guardia nacional, como institución militar, investigue los delitos, bajo de conducción del ministerio público

Exige que la participación de las fuerzas armadas sea complementaria a la de las autoridades civiles 

No se plantea ninguna propuesta sobre no sustituir a las autoridades civiles

El poder Ejecutivo federal tiene la obligación de rendir cuentas al congreso con respecto al uso de la fuerza armada en las operaciones

No exige la rendición de cuentas del poder ejecutivo por el uso de la fuerza armada

Crea una comisión para evaluar informes del poder ejecutivo federal sobre el uso del ejército en la seguridad pública

No contempla ninguna evacuación del de la fuerza armada en asunto de la seguridad pública 

Nota: La información presente en este cuadro fue recuperada del: Análisis de la propuesta de reforma constitucional sobre las fuerzas armadas, por Data Cívica e Intersecta

Militarización 

La reforma considera dejar todo asunto de la seguridad pública en manos de la Guardia Nacional, perteneciente a las fuerzas armadas, por lo que cae en el riesgo de la militarización de la seguridad pública. 

Es importante resaltar que si bien, la Guardia Nacional actualmente no es parte de las Fuerzas Armadas, desde su creación en 2019, esta ha sido integrada por militares y marinos. Según el Censo Nacional de Seguridad Pública, ocho de cada diez integrantes de la Guardia Nacional son militares. 

En varias ocasiones se ha intentado militarizar, de manera oficial, a la Guardia Nacional, sin embargo, con esta nueva reformas al artículo 129 constitucional se prevé que las fuerzas armadas podrán involucrarse en asuntos de la seguridad pública.

Guardia Nacional. Foto: EsImagen
Guardia Nacional. Foto: EsImagen