El Consejo General del IEE declaró improcedentes las ocho solicitudes presentadas por las organizaciones ciudadanas
El Consejo General del Instituto Electoral del Estado (IEE) declaró improcedentes las ocho solicitudes presentadas por organizaciones ciudadanas que buscaban obtener el registro como partido político en Puebla. Por unanimidad, el organismo concluyó que ninguno de los avisos de intención presentados entre el 9 y el 31 de enero cumplió con los requisitos para continuar en el procedimiento de constitución y registro de nuevos partidos políticos locales 2025-2026. Según el acuerdo aprobado, el Movimiento Antorchista Poblano desistió de seguir en el proceso. Las otras organizaciones que pretendían obtener el registro son:
¿Por qué rechazo el IEE los nuevos partidos en Puebla?En el caso de Raptor One Found AC, el IEE emite que no hay certeza sobre si la manifestación fue realizada por la persona que efectivamente funge como su representante legal.
Por su parte, VM Concientizando por el Planeta no respondió al requerimiento emitido por el Instituto Electoral del Estado. En tanto, la asociación Paz por Puebla y para Puebla modificó sin justificación legal su denominación y, además, no acreditó ciudadanía poblana ni residencia en el estado. La agrupación Candidatos Ciudadanos en Transformación respondió al requerimiento del IEE fuera del horario hábil, por lo que su solicitud fue desestimada. Asimismo, el Movimiento Mexicano Humanista no respondió al requerimiento del instituto. Por otro lado, Alas Puebla no presentó una descripción integral de su emblema ni acreditó su constitución como asociación civil mediante el instrumento público idóneo. Finalmente, la Unión de Ciudadanos Progresistas del Estado de Puebla incumplió con la inclusión de la cláusula de no subordinación, requisito fundamental para la conformación de un partido político. Las organizaciones pueden impugnar la decisión del IEELas organizaciones que lo deseen tienen la posibilidad de impugnar el acuerdo del IEE, que rechazarán sus solicitudes para constituirse como nuevos partidos políticos locales. El acuerdo puede ser impugnado ante el Tribunal Electoral del Estado de Puebla (TEEP) o el Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF).
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