El pasado 15 de abril, se publicó en el Periódico Oficial del Estado el protocolo aprobado por el Ayuntamiento de Puebla
El municipio de Puebla ya cuenta con un protocolo para emitir medidas u órdenes de protección administrativa ante casos de violencia contra mujeres, adolescentes, niñas y niños. El pasado 15 de abril, se publicó en el Periódico Oficial del Estado el protocolo aprobado por el Ayuntamiento de Puebla. Se autoriza a la sindicatura municipal, a través de las juezas y jueces adscritos a la Dirección de Juzgados de Justicia Cívica, como autoridad administrativa, para emitir órdenes de protección de naturaleza administrativa. El dictamen señala que, mediante la emisión oportuna de medidas de protección para mujeres en contextos de violencia, en muchos casos también se protege la vida e integridad de sus hijas e hijos, en su calidad de víctimas directas o indirectas, ya que se ven gravemente afectadas en diversos aspectos físicos y psicológicos. Además, corren peligro debido a la posible repetición del ciclo de violencia. ![]() Las órdenes de protección deberán dictarse e implementarse con base en los principios de protección, necesidad y proporcionalidad, así como de confidencialidad, oportunidad, eficacia, accesibilidad, integralidad y el principio pro persona. Se tomarán en consideración los hechos relacionados por la mujer, adolescente, niña y/o niño en situación de violencia, las peticiones explícitas, las medidas que la persona víctima considere oportunas, así como la persistencia del riesgo, incluso después de haber salido de un refugio temporal, entre otros elementos relevantes. Te puede interesar: Joven denuncia abuso tras caer en red de ofertas laborales falsas en Puebla Los casos de violencia de género que sean del conocimiento de las autoridades administrativas, es decir, de las juezas y jueces de Justicia Cívica, deberán registrarse en el Banco Nacional de Datos e Información sobre Casos de Violencia contra las Mujeres (BANAVIM). Esta información será confidencial. Dicho registro deberá incluir los datos de las personas víctimas y de quienes sean señaladas como personas agresoras, el hecho de violencia, así como los servicios proporcionados por las autoridades e instituciones intervinientes.
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