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Diputado propone limitar a un pasajero por motocicleta en Puebla

Esta propuesta tiene sus excepciones como el traslado de personas enfermas, o cuando se trate de corporaciones de seguridad, emergencia o protección civil

Diputado propone limitar a un pasajero por motocicleta en Puebla
Fredy Angón Diputado propone limitar a un pasajero por motocicleta en Puebla

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En Puebla, el diputado Miguel Trujillo de Ita propuso que en las motocicletas no pueda viajar más de una persona, salvo en casos excepcionales como el traslado de personas enfermas, o cuando se trate de corporaciones de seguridad, emergencia o protección civil.

El legislador del partido Morena presentó ante el Congreso local una iniciativa para adicionar la fracción VII al artículo 123 y reformar el artículo 139 de la Ley de Movilidad y Seguridad Vial del Estado de Puebla.

La propuesta busca limitar el número de ocupantes en las motocicletas y establecer como causal de retiro inmediato de circulación la alteración, ocultamiento o colocación indebida de placas de circulación.

La propuesta busca limitar el número de ocupantes en las motocicletas

Según Trujillo de Ita, estas medidas permitirán prevenir la comisión de delitos y fortalecer las acciones de vigilancia, disuasión y reacción de las autoridades.

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Casos en los que no aplicará esta medida:

  1. Emergencias médicas: Cuando sea necesario trasladar a una persona enferma o herida a un centro de salud y no exista otro medio de transporte disponible.

     

  2. Corporaciones oficiales: Para cuerpos de seguridad pública, protección civil y servicios de emergencia, cuando sus funciones requieran el transporte de más de una persona, conforme a los protocolos establecidos.

     

  3. Parentesco comprobable: Cuando la persona acompañante sea cónyuge, concubina o concubino, hija o hijo, madre o padre del conductor. En estos casos, ambas personas deberán portar identificación oficial, utilizar el equipo de protección obligatorio y el diseño original de la motocicleta debe permitirlo.

     

  4. Comunidades rurales e indígenas: Cuando la motocicleta sea el único medio de transporte disponible, se permitirá su uso en trayectos cortos dentro de la comunidad, siempre con casco obligatorio y en respeto de los usos y costumbres reconocidos.