TEPJF descarta violencia política de género contra la regidora Esther Ortiz

La Sala Regional Ciudad de México modificó la sentencia del TEEP, pero confirmó la inexistencia de algún tipo de violencia

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La Sala Regional Ciudad de México del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) confirmó que las críticas del regidor del Ayuntamiento de Puebla, Samuel Hernández Carranza, en contra de su compañera María Esther Ortiz Pérez, no constituyen violencia política de género.

El Pleno modificó la resolución emitida por el Tribunal Electoral del Estado de Puebla (TEEP), sin embargo, confirmó la inexistencia de violencia política contra las mujeres en razón de género en perjuicio de la regidora de Movimiento Ciudadano al determinar que las expresiones del morenista están amparadas por la libertad de expresión.

La denuncia en contra de Samuel Hernández fue presentada el 30 de enero de este año, luego de que en una entrevista dijo que, en lugar de criticar el viaje que hizo a Nueva York con cargo al erario público, María Esther Ortiz debía investigar el hoyo financiero por 547 millones de pesos que había dejado —su cuñado— el expresidente municipal de Puebla, Eduardo Rivera Pérez, y su suplente Adán Domínguez Sánchez, y que el primero de ellos la utilizaba para tapar ese desfalco.

TEPJF descarta violencia política de género contra la regidora Esther Ortiz
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TEPJF confirma inexistencia de violencia

Si bien la Sala Regional Ciudad de México modificó la sentencia del TEEP porque la instancia omitió hacer un análisis frontal sobre las expresiones del morenista, confirmó la inexistencia de la falta pues no se actualizó algún tipo de violencia simbólica, verbal, patrimonial, económica, física, sexual y/o psicológica.

“Lo fundado de los agravios de la actora radica en que el Tribunal Local no hizo un ejercicio de interpretación que le permitiera visualizar si se actualizaba algún tipo de violencia -o no- y de ser así, qué tipo de violencia era la cometida, lo que en sentido formal deviene relevante porque permite clasificar en su caso, si las manifestaciones vertidas en la entrevista constituían violencia simbólica, verbal, patrimonial, económica, física, sexual y/o psicológica”, resolvió.

Por unanimidad de votos, la Sala Regional Ciudad de México determinó que las manifestaciones de Samuel Hernández no significan o producen una agresión a Esther Ortiz, pues aunque son críticas duras no implican ningún tipo de violencia.