La Comisión de Procuración y Administración de Justicia aprobó Reformas al Código Penal del estado de Puebla.
La Comisión de Procuración y Administración de Justicia del Congreso de Puebla aprobó reformas al Código Penal del estado para sancionar el ciberasedio con prisión de uno a 3 años y multa de hasta 28 mil 285 pesos. El dictamen fue aprobado con el voto en contra de la diputada Susana Riestra Piña, del Partido Acción Nacional (PAN), y la abstención de Fedrha Suriano Corrales, de Movimiento Ciudadano, quienes acusaron que la propuesta se les hizo llegar horas antes de su votación y que otras iniciativas fueron excluidas. El documento contiene las iniciativas presentadas el 6 de noviembre de 2024 por el entonces diputado de Morena, José Luis García Parra, y Mauricio Céspedes Peregrina, promovida el pasado 5 de junio.
¿Qué propone la iniciativa para sancionar el ciberasedio?Se tipifica el delito de usurpación de identidad, se sanciona a las personas que utilicen tecnologías de la información y comunicación, redes sociales, correo electrónico o cualquier espacio digital para contactar a menores de edad y personas “incapaces”, con el propósito de crear un vínculo de confianza para controlarlos emocionalmente o chantajearlos con fines de carácter sexual. Asimismo, se pretende sancionar a las personas que utilicen redes sociales, correo electrónico o cualquier espacio digital para hacerse pasar por una institución financiera o empleado de esta, con la finalidad de que por sí o por la persona usuaria se acceda a un sitio en el ciberespacio para obtener sus datos personales o cualquier información confidencial y obtener beneficio indebido. También se tipifica el delito de espionaje digital, cuando a través del uso de las tecnologías de la información y la comunicación se acceda a un equipo o sistema informático sin la autorización de su legítimo titular o propietario, a fin de conocer u obtener sus datos o cualquier tipo de información o documentos personales. De igual forma, se tipifica el delito de ciberasedio para sancionar a quien insulte, injurie, ofenda, agravie o veje a otra persona con la insistencia necesaria para causarle un daño o menoscabo en su integridad física o emocional. El dictamen excluyó la iniciativa presentada por la diputada Fedrha Suriano para sancionar el grooming, que son formas delictivas de acoso en la que un adulto se pone en contacto con un niño, niña o adolescente, con el objetivo de ganarse poco a poco su confianza para luego involucrarle en una actividad sexual.
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