La Comisión de Movilidad y Transporte del Congreso de Puebla aprobó reformas a la Ley de Movilidad y Transporte que obligan a las y los motociclistas a usar casco con distintivo y a quienes prestan servicios de mensajería y paquetería a portar un chaleco reflejante.
Con siete votos a favor, fue avalada la propuesta impulsada por la diputada Laura Artemisa García Chávez, quien señaló que estas medidas permitirán mayor control y seguridad para quienes circulan en motocicleta.
Además, se determinó que ya no se expedirán permisos provisionales para motocicletas nuevas, por lo que las personas usuarias deberán contar con placas vehiculares vigentes desde el inicio de la circulación.
Las personas motociclistas contarán con un plazo de nueve meses posteriores a la entrada en vigor de las reformas para cumplir con las nuevas disposiciones.
Nuevas disposiciones para motociclistas en Puebla
Las nuevas normas para la circulación de motocicletas en Puebla serán las siguientes:
- Se prohíbe circular con placas alteradas u ocultas, ya sea total o parcialmente.
- Se deberá especificar en la tarjeta de circulación la capacidad del vehículo, conforme al diseño de fábrica y a la normatividad aplicable.
- En cuanto al uso del casco, deberá tomarse en cuenta la talla de la persona portadora, y el protector debe contar con un distintivo con código o serie alfanumérica que la identifique. Este distintivo deberá estar elaborado con un material que no dañe el casco.
- Será obligatorio el uso de chaleco o chaqueta con al menos un 20 % de material reflejante, sin importar el horario, para motocicletas utilizadas en servicios de mensajería y paquetería.
- Todas las motocicletas deberán circular con las luces encendidas en todo momento.
- No podrán conducir motocicletas personas menores de 12 años.
- Se prohíbe transportar en motocicleta a personas que no puedan sostenerse por sí mismas.
- Solo podrá conducir la motocicleta una persona y, en su caso, el número de acompañantes permitidos en la tarjeta de circulación.
- Queda prohibida la alteración de motocicletas para ampliar el número de asientos.
- En el caso de motocicletas destinadas a servicios de mensajería y paquetería, únicamente podrá circular la persona conductora.
- Las motocicletas dedicadas a dicho servicio deberán adaptar el dispositivo de reparto de forma que no obstruya la visibilidad de la placa ni de los espejos laterales durante la conducción.
- Las personas motociclistas estarán impedidas para realizar maniobras peligrosas, como cortes y cambios de circulación abruptos.
- No podrán portar el casco de seguridad al descender de la motocicleta.
- Deberán circular en medio del carril y se prohíbe que dos o más motocicletas circulen en el mismo carril.
En caso de extravío o robo del distintivo del casco, este deberá reportarse de forma inmediata a través de los mecanismos oficiales establecidos.
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