La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) invalidó los cobros por reproducción de información pública incluidos en 15 Leyes de Ingresos Municipales de Puebla para el ejercicio fiscal 2025, al determinar que eran desproporcionados e injustificados. En sesión pública de este lunes, el Pleno concluyó que el Congreso del Estado de Puebla incumplió con su obligación de justificar de forma razonable y objetiva los montos establecidos por la certificación de documentos. Señaló que dichas tarifas fueron fijadas de forma arbitraria, lo que vulnera el principio de gratuidad en el acceso a la información pública. Así lo resolvió por mayoría al analizar la acción de inconstitucionalidad 20/2025, promovida por la Comisión Nacional de los Derechos Humanos (CNDH), que solicitó la invalidez de diversas disposiciones en las Leyes de Ingresos de los municipios de Xochiltepec, Xochitlán de Vicente Suárez, Xochitlán Todos Santos, Yaonahuac, Yehualtepec, Zacapala, Zapotitlán, Zapotitlán de Méndez, Zaragoza, Zautla, Zihuateutla, Zinacatepec, Zongozotla, Zoquiapan y Zoquitlán.
La Corte determinó que la declaratoria de invalidez surtirá efectos a partir de la notificación al Congreso de Puebla y lo exhortó a evitar futuros vicios de inconstitucionalidad en la aprobación de Leyes de Ingresos. Inconstitucionales también los cobros del Poder JudicialAdemás, la SCJN declaró inconstitucional el cobro de 11 pesos por copias simples de leyes y publicaciones del Estado —cuando el archivo del Periódico Oficial reporte ejemplares agotados— y los cobros aplicados por servicios del Poder Judicial, entre ellos:
Te puede interesar: Armenta evalúa dos sedes para presentar su Primer Informe de Gobierno El fallo deriva de la acción de inconstitucionalidad 3/2025, también promovida por la CNDH. La Corte concluyó que estas tarifas vulneran el principio de proporcionalidad tributaria, ya que, al tratarse de derechos por la grabación de audiencias, los costos deben corresponder estrictamente al valor real del servicio prestado.
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