Lunes 23 Febrero 2026

El pleno de la Cámara de Diputados aprobó con 440 votos a favor reformas al Código Penal Federal para tipificar y sancionar con penas de prisión los delitos de acoso sexual y acecho.

El dictamen modifica el Capítulo I del Título Decimoquinto, que ahora se denominará “Acoso Sexual, Abuso Sexual, Estupro y Violación”, e incorpora el artículo 259 Bis, el cual establece penas de uno a tres años de prisión y hasta 600 días multa para quien, con fines lascivos y de manera reiterada, acose o intimide causando daño psicoemocional.

En caso de que el responsable sea servidor público, la reforma prevé además destitución e inhabilitación.

Asimismo, se adiciona el artículo 281 Bis y se modifica la denominación del Capítulo I del Título Decimoctavo, que pasará a llamarse “Acecho, Amenazas y Cobranza Extrajudicial Ilegal”. Este nuevo tipo penal contempla penas de dos a cuatro años de prisión y hasta 400 días multa para quien incurra en actos reiterados de vigilancia, seguimiento, acercamiento, contacto no deseado o intimidación, cuando estos afecten la salud psíquica o la vida cotidiana de la víctima.

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Durante el debate legislativo se mencionaron dos casos que motivaron la iniciativa; el incidente de acoso denunciado por la presidenta Claudia Sheinbaum en noviembre de 2025, cuando se dirigía a la Secretaría de Educación Pública, así como el caso de la activista Valeria Macías, quien reportó haber sido víctima de acecho durante más de ocho años por parte de un exalumno.

El dictamen fue aprobado por unanimidad en el Pleno de San Lázaro el 17 o 18 de febrero y fue turnado al Senado de la República para continuar el proceso legislativo. De avalarse en esa cámara y publicarse en el Diario Oficial de la Federación, las reformas entrarán en vigor al día siguiente de su publicación.