Sábado 11 Julio 2026

El Tribural Electoral del Estado de Puebla (TEEP) revocó una resolución del Instituto Electoral del Estado (IEE) y le ordenó reunir más pruebas para determinar si se inicia un procedimiento sancionador en contra de la secretaria de Bienestar, Laura Artemisa García Chávez, por presuntamente violar la ley electoral.

El tribunal local declaró fundados los agravios hechos valer dentro del recurso de apelación con la clave TEEP-A-001/2026, interpuesto por el Partido Acción Nacional (PAN) en contra de la resolución de la Comisión Permanente de Quejas y Denuncias del IEE, que desechó la denuncia presentada el 8 de mayo.

TEEP revoca fallo del IEE y exige indagar a secretaria de Bienestar por presunto uso de recursos en el Desfile del 5 de Mayo.

El PAN no solo denunció a la secretaria de Bienestar, sino también a la Federación Internacional de Futbol Asociación (FIFA), la representante en México para el Mundial FIFA 2026 y al partido Morena, por actos que podrían constituir promoción personalizada, uso indebido de recursos públicos, violación al principio de imparcialidad y equidad en la contienda, así como actos anticipados de campaña.

Esto tras el reparto de abanicos, aguas embotelladas, loterías y calendarios del Mundial con la imagen de Artemisa García durante el Desfile del 5 de Mayo.

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IEE se excedió en sus facultades

El IEE desechó la denuncia, por lo que el blanquiazul promovió un recurso de apelación ante el TEEP, órgano jurisdiccional que revocó la resolución impugnada y ordenó a la Comisión Permanente de Quejas y Denuncias allegarse de mayores elementos de prueba, o en su caso, con las ya aportadas por el partido determine lo que considere acerca del inicio o no del procedimiento ordinario sancionador.

La decisión se debe a que, dicha comisión indebidamente desechó la queja, pues se excedió en sus facultades al pronunciarse sobre el fondo de los hechos denunciados, vulnerando el derecho de acceso a la justicia del PAN.

“Se estiman fundados los agravios en los que la parte actora sostiene que indebidamente se desechó su denuncia, ya que la Comisión no debió pronunciarse sobre el fondo del asunto para justificar su resolución, con lo que vulneró su derecho de acceso a la justicia (…) dado que la valoración de los hechos denunciados no debe alcanzar una conclusión de fondo, sino únicamente determinar si existen elementos suficientes para iniciar la investigación correspondiente”, resolvió el TEEP en sesión del 9 de julio.