Martes 01 Septiembre 2026

La Secretaría de Relaciones Exteriores (SRE) presentó un anteproyecto de reforma al Reglamento de Pasaportes y del Documento de Identidad y Viaje, en el que se establece que quienes estén inscritos en el Registro Nacional de Obligaciones Alimentarias como deudores morosos no podrán obtener ni renovar su pasaporte. Antes de expedir el documento, la dependencia consultará dicho registro y, en caso de encontrar una inscripción vigente, negará el trámite.

La SRE prepara cambios al reglamento de pasaportes que impedirán el trámite a deudores alimentarios morosos.

La sanción ya estaba prevista en la Ley General de los Derechos de Niñas, Niños y Adolescentes desde mayo de 2023, pero ahora se incorpora de manera explícita al reglamento.

Entre otras medidas, el proyecto plantea la simplificación del trámite, pues la SRE dejará de exigir actas impresas de nacimiento, matrimonio o defunción, al consultar primero sus propias bases de datos y las de otras autoridades. Solo si la información no se encuentra, se pedirá el documento en original.

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El anteproyecto también elimina requisitos adicionales para quienes registraron su nacimiento después de los tres años de edad, una carga que afectaba principalmente a población rural y de escasos recursos. Asimismo, incorpora la CURP biométrica como identificación válida para el trámite de pasaporte, tanto para personas adultas como para niñas, niños y adolescentes.

El texto actualiza además el lenguaje del reglamento conforme a la reforma judicial de 2024, que sustituyó al Consejo de la Judicatura Federal por el Órgano de Administración Judicial y el Tribunal de Disciplina Judicial, y elimina referencias al desaparecido Estado Mayor Presidencial.

De acuerdo con los transitorios, los pasaportes ya expedidos seguirán vigentes hasta su fecha de vencimiento, una vez que se publique y entre en vigor el nuevo reglamento.