Pago de control vehicular 2024 se extiende hasta el 30 de abril

Prórroga para el pago del control vehicular 2024 en Puebla se extiende hasta el 30 de abril

El Gobierno del Estado anunció una prórroga para el pago del control vehicular 2024, que ahora podrá realizarse hasta el 30 de abril de este año, cuando en un inicio la fecha límite era el 1 de abril.

De esa forma, a quienes les faltó tiempo para efectuar el trámite tendrán un mes más para realizarlo a la Secretaría de Planeación y Finanzas.

¿Habrá recargo por realizar el pago este mes?

No, gracias a la prórroga no habrá ningún recargo en el pago, y continúa vigente el no pagar el Impuesto sobre Tenencia o Uso de Vehículos.

¿Cómo realizo el trámite en las oficinas?

Los pasos para el trámite de pago de control vehicular son los siguientes:

  1. Proporciona tus datos al personal de la sección de cajas de la Oficina Recaudadora y de Orientación y Asistencia al Contribuyente.

  2. Si acudes a una Oficina Recaudadora y de Orientación y Asistencia al Contribuyente que cuente con caja, realiza el pago.

  3. Imprime tu confirmación de pago u orden de cobro y preséntala en la ventanilla bancaria autorizada para realizar el pago.

  4. A más tardar dos días hábiles después a la fecha del pago, ingresa al Portal Electrónico del Gobierno del Estado de Puebla para imprimir el comprobante de pago.

¿Cómo hago el trámite en línea?

  1. Deberás ingresar a https://rl.puebla.gob.mx/AdeudoVehicular

  2. Captura el Número de placa y la serie del vehículo.

  3. Selecciona la forma de pago.

  4. Imprime tu confirmación de pago u orden de cobro y preséntala en la ventanilla bancaria autorizada para realizar el pago.

  5. A más tardar dos días hábiles después a la fecha del pago, ingresa al Portal Electrónico del Gobierno del Estado de Puebla para imprimir el comprobante de pago.

¿Dónde puedo pagar?

  1. Banca comercial: La referencia del pago y su vigencia se encontrará en la orden de cobro emitido.

  2. En línea https://rl.puebla.gob.mx/ : Con la generación de la orden de cobro que emita la Oficina Recaudadora y de Orientación y Asistencia al Contribuyente en la que se realice el trámite.

  3. Establecimientos y demás medios indicados en la orden de cobro emitido por la Oficina Recaudadora y de Orientación y Asistencia al Contribuyente en la que se realice el trámite.

  4. Kioscos multipago y/o Kioscos de servicios ubicados en las Oficina Recaudadora y de Orientación y Asistencia al Contribuyente que cuenten con los servicios.

¿Qué pasa si no pago el control vehicular en esta fecha?

Después del 30 de abril, las personas que no se encuentren al corriente con sus pagos deberán pagar el Impuesto sobre Tenencia o Uso de Vehículos

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