Martes 26 Mayo 2026

A partir de ahora, encontrarte con una patrulla de la Guardia Nacional en una carretera federal ya no solo implicará vigilancia. Con una reforma publicada por el gobierno federal, sus elementos asumirán funciones propias de agentes de tránsito y podrán intervenir directamente en infracciones, accidentes y revisiones vehiculares.

El cambio quedó establecido mediante un decreto emitido por la presidenta Claudia Sheinbaum y publicado el 25 de mayo de 2026 en el Diario Oficial de la Federación (DOF), como parte de una modificación al Reglamento de Tránsito en Carreteras y Puentes de Jurisdicción Federal.

Con estas nuevas disposiciones, integrantes de la Guardia Nacional ampliarán formalmente sus atribuciones en materia vial dentro de carreteras federales.

 

Entre las principales funciones que podrán realizar están:

  • Solicitar documentos vehiculares, como licencia de conducir y tarjeta de circulación.
  • Aplicar multas directamente por infracciones de tránsito.
  • Realizar pruebas médicas y toxicológicas a conductores.
  • Implementar operativos y controles viales.
  • Verificar condiciones físicas y mecánicas de los vehículos.
  • Emitir dictámenes técnicos para determinar circunstancias en accidentes.
  • Ordenar el retiro de unidades de carreteras federales.
  • Enviar vehículos a depósitos o corralones federales cuando corresponda.

El decreto también fortalece el papel operativo de la corporación al reconocerla como autoridad con facultades de inspección, seguridad, vigilancia y sanción en materia de tránsito federal.

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Esto significa que si un elemento de la Guardia Nacional marca el alto a un conductor dentro de una carretera bajo jurisdicción federal, la instrucción deberá ser atendida conforme al nuevo marco normativo.

Foto: EsImagen

Aunque la corporación ya participaba en tareas de vigilancia carretera, la reforma amplía su margen de actuación y le permite intervenir directamente en procedimientos que antes tenían un alcance más limitado.

Las nuevas disposiciones ya entraron en vigor tras su publicación oficial.