¿Capital provida? Te contamos todo lo que sucedió en Guatemala con el aborto y la comunidad LGBT+
La nueva ley vulnera directamente a diferentes grupos de la población guatemalteca y es un gran retroceso en derechos humanos.
En plena conmemoración del Día de la Mujer, el Congreso de la República de Guatemala aprobó una norma que criminaliza a las mujeres que abortan, prohíbe el matrimonio igualitario e interfiere con la educación infantil, pues eliminó los planes de estudios escolares que incluyan temas de educación y diversidad sexual. Así es, con 101 votos a favor, 8 en contra y 51 ausencias, los diputados autorizaron la Ley para la Protección de la Vida y la Familia o iniciativa 5272, documento que consta de 21 artículos y que fue presentado por primera vez en abril de 2017. Por si fuera poco, el presidente guatemalteco, Alejandro Giammattei designó al país como la Capital Provida de Iberoamérica. "Este es un gran día para celebrar porque Guatemala ha sido declarada Capital Pro Vida de Iberoamérica y es una invitación a unirnos para proteger la vida desde su concepción hasta la muerte natural en sus cinco etapas". Pero ¿qué implica la iniciativa 5272? La ley establece: "la protección del derecho a la vida, la familia, la libertad de conciencia y expresión, la institución del matrimonio entre un hombre y una mujer, además del derecho de los padres a orientar a sus hijos en su sexualidad". Con esta, se modifica el Código Penal para aumentar de tres a 10 años de prisión para las mujeres que se practiquen un aborto. Por discutir el tema del aborto de manera pública o privada pueden tener una pena de seis a 10 años de cárcel. Además, castiga a médicos y a quienes faciliten la interrupción voluntaria del embarazo y aumenta a 50 años de cárcel si el aborto es realizado sin consentimiento y si la madre muere en el proceso, delito que tendrá una pena de 12 años de prisión. Prohíbe los matrimonios entre personas del mismo sexo y que en las escuelas se enseñe a los alumnos “cualquier otra cosa que no sea que la heterosexualidad es lo normal”. No se podrá mencionar o discutir sobre identidades de género u orientación sexual en una institución educativa. La iniciativa fue presentada por un grupo parlamentario autodenominado “provida” y tras cinco años fue aprobada. Esta contradice directamente al artículo 46 de la Constitución de la República de Guatemala, que establece la preeminencia del derecho Internacional: “En materia de derechos humanos, los tratados y convenciones aceptados y ratificados por Guatemala, tienen preeminencia sobre el derecho interno”. Al respecto, el procurador de los Derechos Humanos, Jordan Rodas, anunció que presentará una demanda de inconstitucionalidad, porque considera a esta nueva ley fuera de todo ordenamiento jurídico, además de que la calificó como discriminatoria. |