Reprobada, FGE en procuración de justicia en feminicidio

La CNDH calificó con 2 por ciento de 100 puntos posibles, esto considerando una lista de rubros sobre cómo se realizan las averiguaciones

La Fiscalía General del Estado (FGE) no cumplió a cabalidad con asegurar el derecho de acceso a la justicia de las víctimas de feminicidios, y tampoco permitió al 100 por ciento su participación activa en el proceso de investigación, dos de las 10 reglas mínimas para resolver estos delitos; con ello se ubicó como la segunda peor evaluada, según el Diagnóstico Nacional de Acceso a la Justicia y Violencia Feminicida, publicado por la Comisión Nacional de Derechos Humanos (CNDH).

El 31 de diciembre de 2018 la CNDH dio a conocer el estudio antes referido, hecho de manera conjunta con la Universidad Autónoma Metropolitana (UAM), Unidad Iztapalapa, el cual se basa en datos oficiales emitidos por el Secretariado Ejecutivo del Sistema Nacional de Seguridad Pública (SESNSP), del Instituto Nacional de Estadística y Geografía (Inegi), así como respuestas a las autoridades dedicadas a atender esta problemática.

Como parte del trabajo, la CNDH envió una serie de cuestionarios a los funcionarios enfocados a atender el tema. En algunos rubros las autoridades de Puebla no ofrecieron datos, pero se calificaron con 2 por ciento de 100 puntos posibles, esto considerando una lista de rubros sobre cómo se realizan las averiguaciones.

Las preguntas hechas a los servidores públicos de todo el país se concentraron en temas como la percepción sobre el modo de realizar las tareas para inquirir, posibles obstáculos, la invisibilización de las prácticas negligentes, omisiones, rubros donde se necesita ayuda y coordinación en 2016.

El instrumento se organizó en 10 ejes, correspondientes con las 10 reglas, y en cada una se especificaron algunas recomendaciones a modo de afirmaciones, para conocer en qué porcentaje llevaban a cabo cada práctica. En total se plantearon 77 supuestos, los cuales implicarían escrutar el feminicidio, refiere el documento.

La puntuación de Puebla fue la segunda más baja, sólo contestó a dos de 10 preguntas y los porcentajes de ejecución en los indicadores respondidos no rebasan 18 por ciento; con ello se posiciona tan sólo por debajo de la Procuraduría General de Justicia de Baja California Sur, que obtuvo 0 por ciento. Mientras que en tercer lugar se localizó la Procuraduría General de Justicia de Michoacán, con 17 por ciento.

Las mejor calificadas fueron la Fiscalía General de Sonora, con 97 por ciento; la Fiscalía General de Guerrero con 96 por ciento y Procuraduría General de Justicia de Hidalgo con 92 por ciento.

De acuerdo con el documento, la fiscalía del territorio poblano evitó contestar en 2016 si contaba con un protocolo para inspeccionar este tipo de casos; lo mismo hicieron en Campeche, Guanajuato, Jalisco, Querétaro, San Luis Potosí y Oaxaca. Los que sí respondieron, pero de manera negativa, fueron Tamaulipas, Michoacán y Durango.

La aplicación del instrumento de reglas mínimas no tiene por objetivo derivar en señalar qué hacen bien o mal en el proceso de manera categórica. La finalidad es explorar cómo se reporta el grado de responsabilidad de funcionarios, cuáles son las tareas pendientes y fungir como un instrumento.

Como parte del análisis se consideran características de las fiscalías; en el caso del territorio poblano se refiere que no cuenta con una Unidad Especializada para Atender Delitos Sexuales y Violencia de Género.

Tampoco tiene Centro de Reeducación para hombres violentos, Unidad de Policía Preventiva para Atender la Violencia de Género y coordinación interinstitucional para atender la violencia de género.

Aunque posee un Centro de Justicia para las Mujeres, no reportó su presupuesto anual. La plantilla asciende a 31 personas y su infraestructura comprende agencia del Ministerio Público, oficinas de policía ministerial, oficina de seguridad pública, sala de entrevista, oficinas administrativas y consultorios de psicoterapia.

Respecto a la capacitación con perspectiva de género, la FGE respondió que sí se ofrecía a los trabajadores; en total se dieron dos cursos, pero las autoridades no dieron detalles sobre los mismos.

Evolución del feminicidio

Desde 2015, año con año el porcentaje de crímenes dolosos de mujeres investigados como feminicidios creció en Puebla. Pasó de representar 9.57 por ciento a 19.42 por ciento hasta 2017; la tendencia es similar para 2018.

En el escrito se detalla que de la totalidad de los asesinatos de féminas en 2015, 90.4 por ciento fueron clasificados como dolosos y el resto fueron ejecutados por razones de género; para 2016 sólo 87.88 fueron considerados intencionales; en 2017, 80.58 fueron catalogados como premeditados, y de enero a septiembre de 2018 81.19 fueron encuadrados como deliberados.

Los cambios sobre las divisiones de los homicidios varían en cada entidad. Hay una mayor apertura de algunas entidades respecto a iniciar las indagatorias como feminicidios; en otras partes hay todavía reservas.

Esto aunque la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) y el acuerdo hecho por el Consejo Nacional de Seguridad Pública señalan que la PGR, las procuradurías y fiscalías generales de justicia de las 32 entidades federativas deben comenzar las indagatorias de toda muerte violenta de mujeres de carácter doloso bajo protocolos de feminicidio.

A pesar de ello, "buena parte de las instituciones de procuración de justicia no atienden a este acuerdo, lo que por sí mismo constituye una alerta en el acceso a la justicia".

A lo largo de 2015 Yucatán sólo registró 11.11 por ciento de los asesinatos dolosos de féminas como feminicidios; para 2018, por lo menos de enero a septiembre, llegó al 100 por ciento. Algo similar ocurrió en Sinaloa, en el mismo lapso pasó de 29.17 por ciento a la totalidad.

El diagnóstico pretende examinar cuántos casos corresponden a menores de edad; sin embargo, los servidores públicos poblanos no proporcionaron las estadísticas.

Desapariciones

La CNDH identificó un total de 4 mil 527 mujeres desaparecidas en 2016 en México. De las 27 instancias de procuración de justicia, 12 de ellas no reportaron información; éstas son PGJ Baja California Sur, Fiscalía General Campeche, Procuraduría General de la Ciudad de México, Fiscalía General de Durango, PGJ Guanajuato, PGJ de Michoacán, Fiscalía General Oaxaca, Fiscalía General Querétaro, PGJ de San Luis Potosí, Fiscalía General Tabasco, PGJ Tamaulipas y Fiscalía General Veracruz.

De las demarcaciones que sí entregaron estadísticas, destacan Jalisco con mil 432; Estado de México con 709; Yucatán con 549 y Puebla con 498, conforme con al archivo publicado en el portal de internet del organismo.

Los burócratas de Puebla no relacionaron esta situación con otros problemas como trata de personas, homicidio, privación ilegal de la libertad u otro, como sí ocurrió en otras partes de la nación.

Marco legal

El feminicidio en el Código Penal Federal prevé siete supuestos, con base en los cuales se investiga el tipo penal; no prevé agravantes y está considerado como un delito autónomo. Al responsable se le impondrán de cuarenta a sesenta años de prisión y de quinientos a mil días de multa.

Los supuestos son que presente signos de violencia sexual de cualquier tipo; lesiones o mutilaciones infamantes o degradantes; antecedentes de violencia en el ámbito familiar, laboral o escolar, del sujeto activo; una relación sentimental, afectiva o de confianza entre el activo y la víctima; amenazas relacionadas con el hecho delictuoso, acoso o lesiones del sujeto activo; que haya sido incomunicada y que el cuerpo de la occisa sea expuesto o exhibido en un lugar público.

En el caso de Puebla sólo se consideran seis de las siete características. Se castiga mínimo con 40 años y máximo 60; tiene como agravante si la mujer está embarazada. En otros lugares como Estado de México, Morelos, Jalisco y Veracruz la pena máxima es de 70 años.

Petición de la aplicación de la AVGM

La Comisión de Derechos Humanos (CDH) de Puebla solicitó a la Secretaría de Gobernación (Segob) declarar la Alerta de Violencia de Género contra las Mujeres (AVGM) en Puebla y Tehuacán, por el alto número de feminicidios que sumaron.

En el estudio se recuerda que hubo una petición desde 2015 de la puesta en marcha de la alerta, pero fue desechada. A la par existen otros dos procedimientos con la misma demanda; sin embargo, se encuentran en la fase de consumación de las recomendaciones hechas por la Comisión Nacional para Prevenir y Erradicar la Violencia Contra las Mujeres (Conavim).

Más de 80 por ciento del territorio mexicano ha tenido algún procedimiento de AVGM. En 17 casos se concretó, estos son: Estado de México, Morelos, Michoacán, Chiapas, Nuevo León, Veracruz (por violencia feminicida), Sinaloa, Colima, San Luis Potosí, Guerrero, Quintana Roo, Nayarit, Veracruz (por agravio comparado), Zacatecas, Oaxaca, Campeche y Durango.

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