Letra muerta, Ley de Extinción

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Redacción


Febrero 20, 2014
Hace dos años fue promulgada pero hasta la fecha no existen procedimientos iniciados por las autoridades, afirma la PGJE Lucía PÉREZ Corresponsal ley de extinción de dominioAcasi dos años de haberse promulgado la Ley de Extinción de Dominio en Tlaxcala, aún no se aplica porque no existen jueces capacitados en la materia para ejercer autoridad sobre los bienes vinculados con la comisión de delitos contra la salud, asociación delictuosa, secuestro, robo de vehículos y trata de personas. Así lo informó, la titular de la Procuraduría General de Justicia del Estado (PGJE) Alicia Fragoso Sánchez, quien agregó que la aplicación de la Ley de Extinción de Dominio, es uno de los temas que tendrá que abordar con el recién nombrado presidente del Tribunal Superior de Justicia del Estado (TSJE), Tito Cervantes Zepeda, puesto que el código establece que habrá un juez que conozca de estos temas. “En Tlaxcala no tenemos aún asuntos de esto, iremos de poco a poco, pero es algo que tengo que platicar con él (Tito Cervantes Zepeda) para ver cómo vamos a trabajar a efecto de que cuando la PGJE presentemos nuestra primera demanda saber ante qué juez lo vamos hacer”, con el propósito de tener éxito en esos procedimientos, explicó la abogada del estado. Aseguró que a casi dos años de haberse promulgado, la Ley no cuentan con ningún procedimiento iniciado, es decir que el código es letra muerta en Tlaxcala. La procuradora aseguró que la aplicación de la Ley de Extinción de Dominio sería acogida de buen modo, toda vez que significa que el Estado puede asegurar bienes inmuebles que fueron utilizados en algún ilícito de los que están previstos en el código, como lo son contra la salud, asociación delictuosa, secuestro, robo de vehículos y trata de personas. Sin embargo, dijo que el procedimiento también tiene alcance con las personas que rentan los inmuebles, ya sea que sepa o no de las acciones que se llevan a cabo en esos lugares, pero también se pueden realizar procedimientos legales para defender los derechos de los propietarios que desconocen los actos contrarios a la ley en los que están vinculados sus bienes. Dijo que en esos casos, se debe revisar cada uno de los casos para ser “justos” en la aplicación del procedimiento de extinción de dominio. La Ley de Extinción de Dominio fue promulgada el 26 de marzo de 2012, al ser publicada en el Diario Oficial del Gobierno del Estado, con ello entró en vigor de manera inmediata, sin embargo hasta la fecha no existen procedimientos iniciados por las autoridades competentes, aunque han existido casos de detenciones de personas que cometen los delitos previstos por el código donde se pudiera ejecutar la acción.
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