Desaparecen 9 niños en enero

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Redacción


Febrero 29, 2016
Desaparecieron niños entre 9 y 16 años, de los cuales 8 fueron localizados con la activación Lucía PÉREZ Corresponsal La Procuraduría General de Justicia del Estado (PGJE) de Tlaxcala reveló que durante el mes de enero registró y atendió nueve denuncias por desaparición de niñas y niños de entre 9 y 16 años de edad, de los cuales ocho fue-ron localizados con la activación de la Pre-alerta. En tanto, el caso de Karla Romero Tezmol quien desapareció la mañana del 13 de enero en San Pablo del Monte, Tlaxcala, es el que sigue abierto, el cual, aunque con 21 días de retraso, fue el único del mes de enero en el que se activó una ‘Alerta Amber’. En el caso de Karla la PGJE, confirmó que la denuncia por desaparición continúa como acta circunstanciada, y no como Averiguación previa; sin embargo, la procuradora Alicia Fragoso Sánchez, mencionó que ello no limita la investigación del caso para poder esclarecerlo. A través del área de comunicación social, la PGJE mencionó a El Popular, diario imparcial de Puebla que “aunque es un acta circunstanciada se hacen las mismas pesquisas y diligencias a fin de esclarecer el delito, en este caso se hace todo lo necesario para dar con la ubicación de la menor”. Se registran 2.25 desapariciones por semana Datos de la PGJE revelaron que durante los 31 días del mes de enero se registraron nueve denuncias por desapariciones de menores de edad en Tlaxcala, de los cuales seis reportaban a niñas y tres a niños, todos de entre 9 y 16 años de edad. Con esos datos, podemos definir que en Tlaxcala se reportaron en promedio 2.25 casos de desapariciones de menores de edad por semana, índice que resulta alarmante, tomando en cuenta que para los primeros días del mes de febrero ya se registró el primer caso, el de Alexis Macuil Martínez de 19 años de edad. En el protocolo se establece que los criterios para la activación son los siguientes:
  1. Persona menor de 18 años de edad.
  2. Que se encuentre en riesgo inminente de sufrir daño grave a su integridad personal, por motivo de ausencia, desaparición, extravío, privación ilegal de l libertad o cualquier circunstancia donde se presuma la comisión de algún ilícito, ocurrido en territorio nacional.
  3. Que exista información suficiente sobre la niña, niño o adolescente, como: datos de las circunstancias del hecho, nombre, edad.
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