INE puede atraer la elección de Puebla del 5 de junio

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Redacción


Marzo 31, 2016
Por: Luis Alberto González
  • ¿Denunciarán los partidos o ciudadanos a los Consejeros?
 
  • El TEPJF puede dar “Colimaso” y anular la elección estatal

Ante la actuación obscura que han tenido los Consejeros del IEE/OPLE, así como algunas determinaciones del Tribunal Electoral del Estado de Puebla –TEEP-, partidos políticos como el PRD, MORENA, PRI, PVEM, PES, así como en organizaciones sociales y no gubernamentales, ya se escucha fuerte que el Instituto Nacional Electoral –INE- destituya a los funcionarios electorales y que asuma la realización de las elecciones en el estado de Puebla.

La demanda es Destitución de funcionarios y Atracción de la elección por parte del INE, son las voces que se han empezado a escuchar de los actores políticos que por cierto deben hacer llegar sus demandas al Consejo General del INE a través de sus representantes o por una determinación del Tribunal Superior del Poder Judicial de la Federación –TEPJF-.

Pues los partidos políticos o los ciudadanos que se consideren afectados tienen que actuar en forma inmediata porque faltan 3 días para que inicien las campañas y no hay aún alguna solicitud formal en el INE.

Los siguientes son algunos descalabros que ha tenido el IEE/OPLE ante los tribunales:

  • El TEEP consideró inconstitucional que independientes hubieran renunciado un año antes a su partido, golpe al IEE.
  • El TEEP declaró inconstitucional que los independientes presenten las 126 mil firmas de apoyo en forma digitalizada, como lo exigía el IEE.
  • El TEPJF desecho decisión del IEE para exigir a independientes que firmas de apoyo fueran de las dos terceras partes de municipios del estado (144 municipios).
  • El TEPJF señaló que el IEE violó la constitución al no aceptar la plataforma del PRD y quitarle las prerrogativas, ya les corrigió la plana.
  • El TEPJF ordenó al IEE no cotejar firmas en casas de seguidores de Ana Teresa Aranda, porque carecen de facultades.
  • El TEEP desecho el recurso para sancionar a Dinora López de Gali al decir que no hubo extraterritorialidad al anunciar su informe en Amozoc, San Pedro y San Andrés Cholula, Coronango y Cuautlancingo, entre otros municipios.

¿Significa que son incompetentes, siguen instrucciones o no les interesa poner en riesgo la elección por incumplir con los principios constitucionales?:

De acuerdo a la Ley General de Instituciones y Procedimientos Electorales –LEGIPE- el Instituto Nacional Electoral –INE- tiene facultades de Asunción y Atracción de una elección en los estados en diferentes situaciones que pongan en riesgo el mismo proceso electoral, así como la seguridad del electorado o bien se confirme que se afectan los principios constitucionales electorales que son: Imparcialidad, Certeza, Legalidad, Objetividad y Equidad.Lo anterior además de que los poderes públicos intervengan y afecten los mismos principios constitucionales.

Asunción: Es la atribución que tiene el INE para asumir directamente la realización de todas las actividades de organización electoral que corresponde a los órganos electorales

Atracción: Es la atribución que tiene el INE para atraer a su conocimiento cualquier asunto de competencia de los OPLE (Organismos Públicos Locales Electorales) –IEE- cuando su trascendencia así lo determine, o para sentar un criterio de interpretación.

La Asuncion y/o Atraccion se iniciará a petición fundada y motivada al menos por 4 de los consejeros del INE, o de la mayoría de los consejeros del OPLE, esto último es lo más difícil que pueda ocurrir porque significaría que los consejeros del OPLE (IEE) reconocen que no tienen la capacidad de sacar adelante la elección.

¿EN QUE CASOS SE PUEDE DARSE LA ASUNCION?

De acuerdo a la ley se debe acreditar fehacientemente que existen factores sociales que afecten la paz pública o pongan a la sociedad en un grave riesgo en la entidad federativa y con ello se afecten los principios constitucionales electorales de imparcialidad, certeza, legalidad, objetividad y equidad en la contienda.

Otra causal podría ser que no existan las condiciones políticas idóneas, ya que sería por injerencia o intromisión comprobable de alguno de los poderes público de la entidad federativa y que afecten indebidamente la organización por parte del OPLE y que por ello no puedan realizar todas las etapas del proceso por parte del organismo local, con imparcialidad.

¿EN PUEBLA SE REPETIRA EL CASO COLIMA?

La primera y única vez que el TEPJF ha ordenado la repetición de una elección fue en el caso de la gubernatura de Colima.

El motivo fue que un funcionario federal aceptó que entregó apoyos al candidato del PRI

Hoy los opositores del PAN y del Moreno Vallismo están recurriendo a denunciar ante la FEPADE y mediáticamente al gobierno proveniente del PAN al realizar la entrega de tinacos azules, kits de maternidad, útiles y uniformes escolares, entradas gratis a los museos, recorridos turísticos, escrituras gratis, condonación de multas, devolución de parte de infracciones, entre muchas otras acciones.

¿Algún actor político o partido promoverá las destituciones o atracción?

¿Habrá Asunción de elección de Puebla por parte del INE?

¿Se anularán las elecciones?

Sólo son preguntas.

¿Ustedes que creen?...

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