Reformas a la Ley de Vialidad, cambios para la sustentabilidad

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La responsabilidad de crear las condiciones que faciliten la movilidad y la convivencia en las grandes ciudades no es una asignatura que sólo corresponda a un ente. En este trabajo debemos colaborar todos de manera coordinada, generando las ideas y los proyectos y dándole los elementos a quien le corresponde la tarea de ejecutar las leyes y los reglamentos que fomenten la mejor convivencia, sobre todo en una ciudad como Puebla en donde el crecimiento es exponencial.

En ese contexto y con una nueva visión de ciudad que sea incluyente, en mi carácter de diputado local, he elaborado una propuesta para la modificación de la Ley de Vialidad para el Estado Libre y Soberano de Puebla, mediante la cual se promuevan beneficios directos para los peatones, personas con discapacidad, personas de la tercera edad, mujeres embarazadas, ciclistas y estudiantes, en un marco que generará un beneficio directo para toda la sociedad.

Es necesario y urgente que las entidades federativas, los municipios y las demarcaciones territoriales promuevan y prioricen en la población la adopción de nuevos hábitos de movilidad urbana sustentable y prevención de accidentes encaminados a mejorar las condiciones en que se realizan los desplazamientos de la población, lograr una sana convivencia en las calles, respetar el desplazamiento del peatón y su preferencia, prevenir conflictos de tránsito, desestimular el uso del automóvil particular, promover el uso intensivo del transporte público y no motorizado y el reconocimiento y respeto a la siguiente jerarquía: personas con movilidad limitada y peatones, usuarios de transporte no motorizado, usuarios del servicio de trasporte público de pasajeros, prestadores del servicio de trasporte público de pasajeros, prestadores del servicio de transporte de carga y usuarios de transporte particular.

En ese sentido es que surge esta iniciativa que propone específicamente la modificación del artículo 18 y la adhesión de otros a la Ley de Vialidad para el Estado Libre y Soberano de Puebla, para lograr objetivos claros que promuevan la mejora en materia de movilidad.

Propongo que el artículo 18 se modifique para quedar de la siguiente manera: "Para los efectos de esta ley y los ordenamientos que de ella emanan, se otorgará el derecho de preferencia a los peatones, personas con discapacidad, adultos mayores, mujeres embarazadas, ciclistas y los usuarios del transporte público, quienes gozarán de preferencia sobre los vehículos en todos los cruceros o zonas de paso peatonal y se les brindarán las facilidades necesarias para abordar las unidades del transporte público, las cuales deberán contar con asientos o espacios preferenciales y exclusivos".

De la misma forma propongo se añada el artículo 18 BIS en donde se establecen los derechos y obligaciones de los peatones quedando éstos de la siguiente manera:

I. A la movilidad; II. De accesibilidad universal; III. Disfrutar libremente de los espacios públicos y de la vía peatonal; IV. Preferencia de paso al transitar por la vía pública; V. Derecho de paso en las intersecciones, así como el paso preferencial en todas las zonas que tengan señalamientos al respecto y en aquellos lugares en que el tránsito sea controlado por la autoridad de tránsito, quien en todo tiempo deberá cuidar su seguridad; VI. Denunciar ante la autoridad competente alguna irregularidad alusiva al uso de la vialidad, así como la falta o mal estado de la señalización vial; VII. Deberán transitar por las banquetas de las vías públicas; VIII. Cruzar las vías por las esquinas o zonas marcadas para tal efecto; IX. Utilizar puentes y pasos peatonales para cruzar la vía pública; X. Obedecer las indicaciones de los policías viales y autoridades de vialidad; XI. Respetar los semáforos, dispositivos tecnológicos y las señales utilizadas para regular el tránsito vehicular;

Se propone la creación del artículo 18 Quáter en donde se establece que: "Las autoridades estatales, propiciarán y fomentarán el tránsito seguro de los peatones, mediante la infraestructura y los señalamientos viales necesarios y deberán garantizar que las vías públicas peatonales no sean obstruidas ni invadidas, implementando las acciones que se requieran para evitarlo". El artículo 18 Quinquies con el texto: "Las autoridades del estado deben promover y priorizar en la población la adopción de nuevos hábitos de movilidad urbana sustentable en que se realizan los desplazamientos de la población, lograr una sana convivencia en las calles, respetar el desplazamiento del peatón y su preferencia, donde se dé prioridad a las personas con movilidad limitada y peatones".

Finalmente, la adhesión del artículo 18 Sexies que se leería: "Las autoridades del estado deberán promover la dotación de espacio público, donde se privilegiarán la dotación y preservación del espacio para el tránsito de los peatones y para las bicicletas".

Las modificaciones propuestas traerán, con toda seguridad, una serie de debates que, considero, deberán enriquecer la intención de seguir abonando a la sustentabilidad de nuestra ciudad. Que así sea, por el bien de Puebla.

*Diputado Local de la LIX Legislatura

@pabloporpuebla

[email protected]

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