Lunes 06 de Abril de 2026

En el contexto de la reforma al artículo 2º constitucional en septiembre de 2024, en la cual se reconoce a los pueblos y comunidades indígenas como sujetos de derecho y con patrimonio propio, en palabras del expresidente Andrés Manuel López Obrador, cito textualmente:

Sujetos de derecho tiene que ver con una concepción de especialistas en antropología, en sociología, en letras y en filosofía, significa que se les reconocerá como gobierno, eso es todo. O sea que su gobierno va a ser reconocido en la Constitución y van a tener su presupuesto que podrán administrar y manejar de manera directa. Eso no se podía antes de esta reforma. Antes los fondos tenían que pasar por los gobiernos estatales y municipales, o celebrarse convenios; pero ahora, de acuerdo con la Constitución, ustedes podrán recibir lo que por justicia les corresponde del presupuesto público, que es el dinero del pueblo.”
(Revista México Indígena, nueva época, año 2, septiembre de 2024. www.gob.mx/inpi)

Parafraseando al Dr. Rodolfo Stavenhagen, primer relator especial sobre pueblos indígenas de la Organización de las Naciones Unidas (ONU): ya hay mucha legalización, pero poca aplicación. Es precisamente en este punto que quiero destacar los problemas a los que se enfrenta la concreción del cuarto nivel de gobierno en el estado de Puebla.

En primer lugar, destaco el arraigo del pensamiento colonial en las autoridades de muchos municipios poblanos, en el sentido de que persiste la idea de que los pueblos indígenas no tienen derechos. Y aunque se les demuestre en la Constitución, se aferran a sus creencias ideológicas. Esta situación se puede constatar en el municipio de Eloxochitlán, en el que la comunidad de Zacacoapan eligió a sus autoridades comunitarias a través de sistemas normativos propios —antes llamados usos y costumbres—, y la autoridad municipal desconoció a las autoridades electas por la comunidad e impuso otra autoridad. La comunidad ya obtuvo una sentencia favorable en la Sala Regional del Poder Judicial de la Federación, para que el municipio reconozca a la autoridad electa por la propia comunidad.

Otro problema del cuarto nivel de gobierno de los pueblos y comunidades indígenas es la estructura de gobierno estatal. Este problema recae en el área de gobernación, que debería facilitar una mediación para concretar este nivel de gobierno en las comunidades; sin embargo, tal parece que incluso ahí se duda de su viabilidad.

Lo anterior no es gratuito. Existe en el imaginario colectivo de la sociedad llamada no indígena la idea de que los pueblos y comunidades indígenas solo representan folklore, reflejado en sus danzas, artesanías y lenguas. Pero cuando se trata de demandar derechos, en este caso a la libre determinación y al autogobierno, que ya están plasmados en la Constitución, cuesta trabajo aceptarlo, reconocerlo y asumirlo.

Sin embargo, la organización de muchos pueblos y comunidades indígenas avanza hacia el ejercicio pleno de todos los derechos consagrados, y el que más incomoda a los ayuntamientos: el derecho al presupuesto. Aquí hay otro ejemplo ilustrativo: otra sentencia judicial ganada por las comunidades de Tepeteno, en el municipio de Tlatlauquitepec, y la comunidad de Santa María la Alta, municipio de Tlacotepec de Juárez.

El Poder Judicial de la Federación, así como los tribunales de los estados, seguirán fallando en favor de los pueblos indígenas. Lo que tienen que hacer tanto el gobierno del estado como los ayuntamientos es dejarse ayudar por las organizaciones indígenas. Aquí va un dato ilustrativo: del año 2022 al 2024, egresaron tres generaciones de abogados indígenas en el diplomado sobre derechos indígenas, desarrollado por la Universidad Intercultural del Estado de Puebla y el Instituto Poblano de los Pueblos Indígenas.

Lástima que, con el cambio de gobierno, se suspendió dicho diplomado; pero lo importante es que formó un equipo de trabajo de jóvenes abogados indígenas que vienen trabajando fuerte por el ejercicio de la autonomía comunitaria. Tal vez lo que no se entiende desde el Estado es reconocer y asumir la diversidad sociocultural de este país.

En la próxima entrega abordaremos la construcción de los estatutos comunitarios, que tienen el mismo estatus que una ley orgánica municipal y el bando de policía y buen gobierno.