La Sala Regional Ciudad de México del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) revocó una resolución del Tribunal Electoral del Estado de Puebla (TEEP), que declaró inexistente la violencia política de género denunciada por dos funcionarias del Ayuntamiento de Francisco Z. Mena. Al dictar resolución en el juicio de la ciudadanía con la clave SCM-JDC-275/2026, promovido por la regidora de Salud y Asistencia Pública, María Guadalupe Hernández, y la síndica municipal, Verónica Reyes Tolentino, el Pleno determinó que el TEEP transgredió el principio de legalidad, al no valorar como prueba el informe de un ciudadano que asistió al evento donde supuestamente la delegada de la Secretaría de Bienestar en la región 1 de Xicotepec de Juárez, Gema Idania Mejía Santamaría, cometió violencia política de género contra las funcionarias. Te puede interesar: TEEP exonera a delegada de Bienestar por violencia política en Francisco Z. Mena La Sala Regional revocó la resolución TEEP-AE-001/2026, dictada por el tribunal local el 14 de agosto de 2026, debido a que omitió pronunciarse sobre el alcance y valor probatorio de un informe emitido por un ciudadano, lo que transgredió el principio de legalidad. El TEEP tenía la obligación de valorar ese elemento de prueba. Además, debió advertir que, para esclarecer los actos denunciados, también debía ordenar que se recabara el informe de la persona comisionada por el Ayuntamiento de Francisco Z. Mena para asistir al evento donde supuestamente ocurrieron los hechos.
La supuesta violencia ocurrió en septiembre de 2025La regidora y la síndica municipal denunciaron que la delegada de Bienestar, Gema Idania Mejía, les impidió acceder a una jornada de salud realizada por el gobierno del estado y que las agredió con las expresiones discriminatorias de “nacas e indias”, lo que, a su decir, configura violencia política de género. Los hechos denunciados supuestamente ocurrieron en la comunidad de La Pahua, en septiembre de 2025.
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