Rechaza Ayuntamiento incurrir en desacato

La administración impugnó la medida mediante un recurso de revisión

El síndico municipal Miguel Ángel Romero Calderón, afirmó que el ayuntamiento de Tehuacán no ha incurrido en desacato de alguna orden federal, al no reconocer la personalidad jurídica de la mesa directiva del Sindicato de Trabajadores al Servicio del Honorable Ayuntamiento de Tehuacán, Puebla, (Stshatp) y al no otorgar los salarios ni cuotas retenidas a dicho gremio, dado que existe una medida de defensa legal pendiente a resolverse.

Mencionó que aun cuando respeta las declaraciones de la dirigente del sindicato, Ivonne Morales Luna, éstas no son ciertas, pues el Ayuntamiento aun no tiene un plazo para reconocer a quienes integran la mesa directiva, así como pagar salarios, cuotas retenidas y otras prestaciones, de lo contrario se harían acreedores a apercibimientos económicos e incluso acciones de desacato.

Detalló que aun cuando un juez federal determinó lo anterior, la administración local lo impugnó mediante un recurso de revisión, por ello hasta que no se resuelva esta medida de defensa la Comuna no está en la obligación de pagar lo demandado.

"Aunque echaron las campanas al vuelo desconocen de términos legales y lo que tiene que ver en materia de derecho, porque esto todavía no está concluido. Hay varios cosas que pueden variar o confirmarse", señaló el representante legal de la Comuna.

Puntualizó que el ayuntamiento no está en contra del sindicato, sino que busca que el juez federal emita una sentencia que les permita demostrar a la Auditoría Superior del Estado (ASE) que la aplicación de los pagos al gremio es legal, esto tras agotar todas las estrategias legales.

Sobre el amparo 2494/2017, que causó sobreseimiento y que interpuso el síndico municipal contra el Tribunal de Arbitraje del Estado, manifestó que al no estar de acuerdo con el criterio jurídico emitido por el juez federal, interpondrá un recurso de revisión en los 10 días que le otorga la ley.

Agregó que la razón para impugnar esta disposición se debe a que el juez emite su resolución en torno a la notificación del emplazamiento a huelga por parte del tribunal; señalando que tuvo conocimiento de este procedimiento la directora del departamento jurídico de la administración, Noemí Quiñones Díaz, pero no se toma en cuenta a que la abogada no tiene la representación legal para actuar a nombre del síndico municipal.

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