Cancelan licencia de impacto ambiental en Coyomeapan
En el 2017 la comunidad indígena de Huitzilatl interpuso un juicio de amparo en contra del proyecto hidroeléctrico
El Juzgado Tercero de Distrito en Materia de Amparo Civil, Administrativa y de Trabajo y de Juicios Federales en el Estado de Puebla resolvió cancelar la licencia de impacto ambiental del proyecto hidroeléctrico Coyolapa-Atzalan, que abarca los municipios de Coyomeapan, San Sebastián Tlacotepec y Zoquitlán. Su cancelación representa la detención mismo, pues sólo existe un Manifiesto de Impacto Ambiental (MIA) para el proyecto hidroeléctrico, aun cuando fue impugnado por la comunidad coyomeapense de Huitzilatl, la cancelación tiene efectos generales. El pasado 15 de noviembre de 2017 la comunidad indígena de Huitzilatl, municipio de Coyomeapan, interpuso un juicio de amparo en contra del proyecto de construcción del Sistema Hidroeléctrico Coyolapa-Atzalan, por violar el derecho de los pueblos indígenas a ser previamente consultados. En el amparo también se reclaman la violación de los derechos: a la igualdad, a la no discriminación, a la preservación del territorio, a la familia, a una buena alimentación, a la salud, al agua, al medio ambiente sano, a la vivienda, a la cultura, al deporte y al interés superior del niño, los cuales son interdependientes del derecho a la consulta. También se dio a conocer la violación al debido proceso, dado que la comunidad de Hutzilatl nunca tuvo conocimiento de la Manifestación de Impacto Ambiental expedida por la Dirección General de Impacto y Riesgo Ambiental, de la SEMARNAT. La solicitud se pública en los listados de las manifestaciones de impacto ambiental de la Gaceta Ecológica que se pública en la página web de la Secretaría del Medio Ambiente y Recursos Naturales. El 28 de marzo al resolver el juicio de amparo indirecto 2247/2017 el Juzgado Tercero de Distrito en Materia de Amparo Civil, Administrativa y de Trabajo y de Juicios Federales en el Estado de Puebla, determinó, entre otros aspectos, lo siguiente: "Dejar sin efecto los oficios número SGPA/DGIRA/DG.1929, de veintitrés de marzo; SGPA/DGIRA/DG/04377, de veintiuno de junio y SGPA/DGIRA/DG/05647, de tres de agosto, todos de dos mil dieciséis, lo cual significa dejar sin efecto la autorización en materia de impacto ambiental." En caso de que las empresas Proyectos Hidroeléctricos de Puebla y Compañía Hidroeléctrica de Puebla, insistan en la realización del proyecto denominado "Sistema Hidroeléctrico Coyolapa-Atzalan", tendrán que consultar a la comunidad de Hutzilat, Coyomepan, Puebla. |