Gana Felipe Patjane amparo, pero seguirá en prisión

Su defensa puede recurrir al recurso de revisión sobre la sentencia.

Pese a que el presidente municipal de Tehuacán, Felipe Patjane Martínez, ganó el amparo que promovió en contra del juez de control de la región judicial sur-oriente con sede en Tehuacán, por el auto de vinculación a proceso y la medida cautelar de prisión preventiva que le decreto el pasado mes de noviembre del 2019, por el hecho con apariencia de delito de uso ilícito de atribuciones y facultades, no podrá quedar en libertad.

De acuerdo con el resolutivo que dio el juez del Juzgado Quinto de Distrito de Amparo en Materia Penal en el Estado de Puebla en la audiencia constitucional celebrada el 21 de febrero sobre el amparo radicado en el expediente 1196/2019, se le otorga el amparo a Patjane Martínez, pero sólo para que se reponga la audiencia inicial de la causa penal 454/2019, debido a errores técnicos durante el proceso.

Asimismo, se señala que se sobresee el juicio de amparo promovido en contra de la orden de aprehensión del trece de noviembre del 2019, ya que es improcedente, dado a que el juez de control ya había resuelto la situación jurídica de los delitos que se le imputan a través del auto de vinculación a proceso.

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El amparo que gana el alcalde de Tehuacán se debe a que el juez de control cometió una violación al procedimiento penal en la audiencia inicial que trascendió al resultado de las determinaciones combatidas, pues omitió requerir las personas que comparecieron como defensores del quejoso indicaran su número de cédula y datos de registro del documento que los acredita como licenciados en derecho, ni verificó con el encargado de sala si esos datos habían sido corroborados.

Por lo anterior el juez resuelve otorgar la protección de la justicia federal al alcalde de Tehuacán y ordena que reponga la audiencia inicial, por lo que deberá señalarse día y hora para la reposición del procedimiento y en donde el juez deberá verificar que los defensores de Patjane Martínez sean licenciados en derecho con cedula profesional y contar con el número que otorga el centro de registro, además de que el encargado de la sala los verifique para garantizar que tiene una correcta defensa técnica.

Posteriormente que se realice este protocolo el juez deberá nuevamente pronunciar la vinculación a proceso del edil e imponer la medida cautelar de prisión preventiva oficiosa, que ya había dictado, sin cambiarla, para cumplir con el principio de continuidad y concentración de actos procesales.

En este sentido el coordinador del Bufete Jurídico de la Buap, Tomás Calderón Alfaro manifestó que el amparo se le otorgo a Felipe Patjane Martínez por un error técnico, pero que no cambia en nada su situación jurídica, pues la única forma de que nuevamente se repitiera el juicio que se le sigue, sería que los abogados defensores que tiene no tuvieran cédula profesional, sin embargo, tiene conocimiento de que cuentan con ella.

Mencionó que ante la resolución que se emitió por el Juzgado Quinto de Distrito, los representantes legales del munícipe todavía cuentan con el recurso de revisión del amparo, misma que sería resuelto por un Tribunal Colegiado y en donde podría variar la resolución o ratificar la emitida sobre la vinculación a proceso y la prisión preventiva oficiosa.

 

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