Martes 05 Diciembre 2017

Con 102 votos a favor y cero en contra, el Pleno del Senado aprobó la Ley para Regular las Instituciones de Tecnología Financiera (Fintech), que incluye normativas para las operaciones con activos virtuales y para las plataformas de financiamiento colectivo (crowdfunding).

La iniciativa ahora pasará a la Cámara de Diputados para continuar con su proceso legislativo; se prevé que sea aprobada antes del 15 de diciembre, cuando concluye el periodo de sesiones.

Equipos de legisladores han trabajado durante dos años en esta ley y su aprobación en la cámara baja permitirá avanzar con las leyes secundarias, de lo contrario corre el riesgo de quedarse estancada, toda vez que la atención se centrará en el proceso electoral.

De acuerdo con la agencia Reuters, el Senado avaló que las plataformas de crowdfunding, obtengan créditos para financiar proyectos propios.

Los legisladores aprobaron el uso de activos virtuales como las criptomonedas o bitcoins, previa autorización del Banco de México; de este modo permite que las ITF operen con estos, que se entienden como representaciones de un valor digital verificable que no tienen curso legal, pero generan unidades para su intercambio.

La ley también crea el Comité Interinstitucional que intervendrá en la toma de decisiones de mayor importancia, como el otorgamiento de autorizaciones y la imposición de sanciones; éste será una instancia colegiada de la Comisión Nacional Bancaria y de Valores (CNBV), integrada también por representantes de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público y el Banco de México.

Además, permite el uso de la firma electrónica avanzada o cualquier otra forma de autenticidad para dar acceso a sus clientes a su Infraestructura Tecnológica, contratar sus productos y servicios o realizar operaciones.

Prevé un marco normativo en el que se contemplan las sanciones administrativas y penales para los casos en que se incumpla con lo establecido en la Ley o disposiciones que de ella emanen.

Por ejemplo: multa de 30 mil a 150 mil Unidad de Medida y Actualización (UMA) por realizar operaciones con activos virtuales o divisas sin contar con previa autorización del Banco de México o por realizar Operaciones con activos virtuales distintos a los determinados.

Multa de 30 mil a 150 mil UMA por difundir información falsa o engañosa o que induzca al error, a través de las ITF, sociedades autorizadas para operar con Modelos Novedosos; sanciona con prisión de tres a nueve años y multa de 5 mil a 150 mil UMA, a quien sin causa legítima o sin consentimiento de quien esté facultado para ello, acceda a los equipos o medios electrónicos, ópticos, informáticos o de cualquier otra tecnología de las ITF.