SAT podrá tomar fotos en visitas a domicilios fiscales

Los cambios aprobados modifican el artículo 45 del Código Fiscal de la Federación, para que las autoridades fiscales “modernicen los procedimientos de visitas a realizar dentro del domicilio fiscal del contribuyente”.

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Legisladores de la Cámara de Diputados aprobaron en lo general el dictamen de la Miscelánea Fiscal 2021, el cual avala modificaciones al Código Fiscal Federal que permitirán al Servicio de Administración Tributaria (SAT) tomar fotos y videos de los bienes de los contribuyentes.

Ahora, los agentes del SAT que realicen visitas a contribuyentes están autorizados a hacer “uso de tecnología” y podrán tomar registro gráfico de los bienes del contribuyente.

Los cambios aprobados modifican el artículo 45 del Código Fiscal de la Federación, para que las autoridades fiscales “modernicen los procedimientos de visitas a realizar dentro del domicilio fiscal del contribuyente”.

En los cambios se especifica que el SAT podrá hacer uso de herramientas tecnológicas, siempre y cuando en la emisión de la orden de visita se funde y motive el empleo de éstas.

En el dictamen se menciona que las tecnologías usadas por el SAT deben resguardarse “bajo los más altos estándares de seguridad y confidencialidad”.

Los agentes del SAT a los que les sea permitido hacer uso de estas herramientas, deberán acreditar la asignación de los celulares, cámaras de foto o video, que se usen para este propósito, por el SAT.

El material capturado en el domicilio fiscal del contribuyente al que se le realiza una visita, tendrá que ser resguardado de manera segura.

El artículo 45 del Código Fiscal federal prevé que el SAT cuente con “medidas de seguridad y encriptación necesarias para que la información que se recabe no sea expuesta de manera indebida”.

El Servicio de Administración Tributaria deberá emitir las reglas de carácter general para regular estas nuevas disposiciones.