Aprueban ley para el uso de cubrebocas en Zacatecas; quien no cumpla tendrá multa y prisión

Deberán portar el cubrebocas en vías y espacios públicos, así como al interior de establecimientos, ya sea de comercio, industria o servicios

El Congreso de Zacatecas decidió aprobar multas y prisión contra las personas que no usen cubrebocas en espacios públicos. Así pretenden evitar contagios del Covid-19.

En todo el estado el cubrebocas será obligatorio y las personas que no acaten la orden, tendrán que pagar una multa aproximada de 868 pesos o prisión de hasta 12 horas. La Secretaría de Salud local debe hacer un reglamento de aplicación en máximo 10 días hábiles, una vez que se publique en el Diario Oficial.

Ayer 19 de noviembre los diputados aprobaron hacer un par de cambios a la Ley General de la Salud para crear una que integre el uso de los cubrebocas. Buscarán que no se violen los derechos de la ciudadanía bajo el pretexto de estas multas y sanciones.

Con la aprobación de esta ley, deberán portar el cubrebocas en vías y espacios públicos, así como al interior de establecimientos, ya sea de comercio, industria o servicios. 

También en los centros laborales, iglesias; medios de transporte públicos, ya sea como usuario, operador o conductor; en establecimientos que elaboren o manipulen alimentos; consultorios, hospitales y centros de salud públicos y privados. 

El pasado martes 17 el gobernador Alejandro Tello señaló que, "esta es una ley para salvar vidas" cuando entregó su propuesta al Congreso local, que fue aprobada en 48 horas.

Generalmente las leyes de este estado suelen quedarse almacenadas "congeladora legislativa", donde están aproximadamente mil iniciativas que no han sido retomadas hasta año y medio.

Con información de Sopitas y Proceso.

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