Exhorta TEPJF a partidos postular 7 mujeres a gubernaturas de 2021

Por mayoría de cuatro votos a favor, la sala superior del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) determinó ayer que los partidos políticos deberán postular a siete mujeres como candidatas a gubernaturas de las 15 que estarán en disputa el próximo año.

La Sala Superior del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) ordenó a los 10 partidos políticos nacionales postular al menos a 7 candidatas a gobernadoras en las elecciones de 2021.

Previamente, los magistrados determinaron revocar el acuerdo de paridad emitido por el Instituto Nacional Electoral (INE), en el que se obligaba a los partidos a postular al menos 7 candidatas a gobernadoras.

El TEPJF consideró que el INE excedió en sus facultades, al violar el principio de reserva de ley.

Fue la magistrada Janine Otálora, quien pretendía modificar la determinación del INE al proponer que debían de ser 8 candidaturas para mujeres, lo cual fue rechazado por la mayoría de sus colegas.

Al respecto, los magistrados Felipe Alfredo Fuentes e indalfer Infante expusieron que a su juicio lo más que podía hacerse era un “exhorto” a los partidos a cumplir con ese número de candidatas mujeres.

En sesión pública no presencial, bajo el formato de videoconferencia, por mayoría de votos, se decidió echar para abajo el proyecto de sentencia de Otálora y el acuerdo del INE de establecer paridad de género en las candidaturas. Sin embargo, se acordó que los partidos sí debían ser vinculados, es decir, ordenados a postular 7 mujeres.

Por lo tanto, con cuatro votos a favor, se decidió vincular a los partidos a postular a 7 mujeres, lo cual para efectos legales tiene un efecto similar a la protesta del INE y Otálora.

Debido a la energética discusión, hubo una confusión sobre si se votó por vincularlos o no a postular a siete mujeres en las 15 gubernaturas para las elecciones de 2021, y se acordó revisar el sentido de la votación de cada magistrado, aunque sí se consideró como un resolutivo, hasta el momento.

La Sala Superior dio la razón a quienes impugnaron las facultades del INE, revocó el acuerdo impugnado. (SUP-RAP-116/2020 y acumulados)

Los magistrados afirmaron que el hecho de que a la fecha no existan directrices por parte de la legislatura para la postulación paritaria en gubernaturas, no habilita a las autoridades electorales a imponer obligaciones a los partidos políticos, pues se trata de una cuestión que, constitucionalmente compete definir en exclusiva a los Congresos Estatales y al Congreso de la Unión.

Por lo que solicitaron a estos órganos legislativos que legislen y garanticen la paridad respecto de las gubernaturas en los próximos procesos electorales posteriores a los de 2021.

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