El Juzgado Cuarto de Distrito en Materia Penal de la Ciudad de México negó el amparo que la Operadora de Centros de Espectáculos, S.A. de C.V. (OCESA) promovió tras ser imputada por la muerte de los fotoperiodistas Berenice Giles y Miguel Ángel Rojas. Por lo anterior, la empresa seguirá siendo señalada como responsable por el accidente ocurrido durante el Festival Axe Ceremonia realizado en el Parque Bicentenario el 5 de abril del 2025.
El 7 de enero, en la carpeta judicial 005/1870/2025, se llevó a cabo la audiencia en la que se incluyó a OCESA como imputada dentro de las investigaciones. Posteriormente, el 12 de enero, la empresa promovió el juicio de amparo contra Edgar Jesús Campos Burgos, Juez de Control del Sistema Procesal Acusatorio de la Ciudad de México. Te puede interesar: OCESA y empresa de seguridad, imputadas por homicidio tras muertes en Axe Ceremonia 2025 El 14 de enero, el Ministerio Público de la Fiscalía General de Justicia (FGJ) capitalina formalizó el cambio de calidad a imputada por los hechos relacionados con el festival. En su demanda de garantías, la empresa reclamó la resolución emitida en esa audiencia y su ejecución. La jueza admitió las pruebas documentales presentadas por las autoridades, las cuales podrán volver a relacionarse en la audiencia constitucional, programada para el 12 de febrero, y, en su caso, considerarse al dictar sentencia. Con la negativa de la suspensión definitiva, OCESA mantiene su calidad de imputada y continúa dentro de la carpeta de investigación que integra la FGJ, la cual prevé su judicialización ante un Juez de Control. En el expediente 68/2026 también se precisa que la empresa forma parte de un grupo de cinco compañías señaladas en el caso. Esta resolución se suma a la negativa de amparo concedida previamente a Servicios de Protección Privada Lobo, S.A. de C.V., otra de las empresas relacionadas con la indagatoria. La determinación no es definitiva. La empresa puede presentar un recurso de revisión para que el asunto sea analizado por un Tribunal Colegiado, que podrá confirmar, modificar o revocar el fallo de primera instancia. |