Martes 07 Julio 2026

El morenista Gerardo Fernández Noroña quedará inscrito en el Registro Nacional de Personas Sancionadas en Materia de Violencia Política contra las Mujeres en Razón de Género (RNPS), luego que el Tribunal Electoral de Michoacán (TEEM) fallara este lunes a favor de la alcaldesa de Uruapan, Grecia Quiroz García, en un juicio promovido contra el senador.

Aprobada por unanimidad, la sentencia del Tribunal local estableció que Fernández Noroña sí incurrió en violencia política contra las mujeres en razón de género en perjuicio de una presidenta municipal, al considerar que las expresiones denunciadas buscaban desacreditar su gestión y minimizar su trayectoria política por el hecho de ser mujer.

El TEEM sancionó al senador Gerardo Fernández Noroña por violencia política de género contra la alcaldesa de Uruapan.

La sentencia concluye que los señalamientos pretendían restarle legitimidad a sus aspiraciones de contender por la gubernatura, al vincularlas con circunstancias personales y no con sus capacidades, lo que excede los límites del debate político y afecta de manera diferenciada sus derechos político-electorales.

Como consecuencia, el Tribunal declaró existente la infracción, ordenó medidas de reparación integral a favor de la denunciante, dio vista a la Mesa Directiva del Senado para que actúe conforme a sus atribuciones y vinculó al Instituto Nacional Electoral (INE) y al Instituto Electoral de Michoacán (IEM) para el cumplimiento de la resolución. Asimismo, instruyó al denunciado a acatar los efectos de la sentencia y notificó la determinación a la Sala Regional Toluca del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación.

Grecia Quiroz promovió en febrero pasado ante el IEM el juicio contra Fernández Noroña, a lo que el Instituto le otorgó razón en primera instancia y dictó medidas cautelares de urgencia, ordenando al senador retirar los videos ofensivos contra la alcaldesa en menos de 24 horas y abstenerse de hostigarla.

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Noroña borró los contenidos para cumplir el plazo, pero lo hizo protestando; acusó que se trataba de censura y negó haber cometido un acto de misoginia.

En un primer momento, cuando el caso llegó a las manos del pleno del TEEM en abril pasado, los magistrados decidieron por mayoría desechar el asunto argumentando que Grecia Quiroz había llegado a la alcaldía por designación del Congreso del Estado y no mediante el voto popular en las urnas, por lo que el caso no competía a la materia político-electoral, ante lo cual la munícipe acudió ante el Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación.

En junio pasado, por unanimidad, la Sala Toluca del Tribunal Federal revocó la sentencia emitida por sus pares locales, estableciendo que las mujeres que ejercen un cargo público de forma interina, sustituta o por designación gozan de los mismos derechos político-electorales y de la misma protección contra la violencia de género que aquellas que ganaron una elección tradicional.