Espionaje, aprobado

Desde el 2009, a nivel federal, se adoptó la medida que permite a las autoridades del fuero común recurrir a la intervención telefónica  Pilar BRAVO  ENTRE LAS aprobaciones realizadas ayer por el Congreso se asentaron las modificaciones al Código de Procedimientos en Materia de Defensa Social, donde quedó reconocido el espionaje telefónico. El diputado, Juan Carlos Espina von Roehrich, al presentar el dictamen señaló que con este decreto la ley, Puebla tendrá herramientas para fortalecer la seguridad y poder castigar a la delincuencia. Al referirse a la intervención de líneas de comunicación telefónica, señaló que a nivel federal desde el 2009, se adoptó la medida que permite a las autoridades del fuero común poder hacerlo. Se trata sin duda de un tema que generó inquietud (espionaje) por que las intervenciones telefónicas se sujetarán a lo dispuesto por el artículo XVI de la Constitución general de la República que permite bajo ciertas condiciones hacerlo. Señaló el legislador que quedó establecido en el Código de Procedimientos que el principio de las comunicaciones privadas son inviolables, solo puede el Ministerio Público solicitar una intervención de comunicación presentando motivación sustentada, pero ante un juez deberá pedir autorización por lo que deberá expresar las causas por las que quiere hacerlo. El juez no podrá otorgar autorizaciones cuando se trate de materiales fiscales, civil, laboral, mercantil y mucho menos electorales, será solo materia penal, cuando las intervenciones no se ajustes a esas condiciones y requisitos carecerán de valor probatorio y en caso de hacerlo mal, habrá responsabilidad para el servidor público que realice o haga mal uso. En el caso de cateos domiciliarios también se han reglamentado, para ejecutarlos se tendrá que acudir ante la autoridad judicial para solicitar la diligencia y estar igualmente avalada y plenamente justificada. El Ministerio Público podrá investigar y perseguir los delitos. A la policía ministerial se le autoriza emprender acciones encubiertas y aplicar técnicas que les permita llegar al fondo. La reforma para la intervención de comunicaciones telefónicas por mandato de juez y solo en casos de que exista sospecha fundada de actividades ilícitas y no será permitido el espionaje político. En esta reforma igualmente quedo tipificado el delito de lavado de dinero, narcomenudeo y penalizada la compra venta de mercancía robada, se dijo que de esta manera la legislación del Estado de Puebla, estará actualizada.
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