La Sala Superior del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) determinó proceder con la queja por actos anticipados de campaña del gobernador del estado Rafael Moreno Valle por la publicidad lanzada a nivel nacional bajo la promoción en la revista Central. De acuerdo con la sentencia y sus antecedentes, el 22 de julio el particular Yosef Adolfo Maldonado Blancas presentó una impugnación ante el Tribunal Federal alegando que el gobernador del estado, Rafael Moreno Valle se promovió a través de la revista Central en espectaculares, spots de radio, comerciales en televisión, redes sociales y hasta cineminutos, lo que constituye una violación a la Ley Electoral y presume el uso de recursos públicos para tal fin. Así, el expediente quedó marcado con el folio SUP-REP-170/2016 y fue turnado al Magistrado Salvador Olimpo Nava Gomar. Sin que se resolviera dicho proceso en el Tribunal, el Instituto Nacional Electoral (INE) el 23 de julio exoneró a Rafael Moreno Valle de posibles actos anticipados de campaña, ya que no encontraron fundada la queja ni los argumentos para sancionar a dicho actor por la promoción personalizada. Por lo anterior, la Unidad Técnica de lo Contencioso de la Secretaría Ejecutiva del INE emitió el acuerdo UT/SCG/PE/JAM/CG/161/2016 por la queja, con la que exculpaba al titular del poder ejecutivo en Puebla. En sesión del 14 de septiembre, los magistrados resolvieron la queja de Maldonado Blancas y determinaron que el procedimiento SUP-REP-170/2016 estaba fundado, por lo que el órgano electoral debe justificar la improcedencia de la queja, en caso contrario, iniciar un proceso especial sancionardor. |