El Tribunal Electoral del Estado de Puebla (TEEP) declaró infundados, ineficaces, insuficientes e inatendibles las impugnaciones que promovieron los partidos Revolucionario Institucional, de la Revolución Democrática, Movimiento de Regeneración Nacional y la candidata Independiente, por lo que declaró válida la elección, la elegibilidad del candidato y la entrega de la constancia de mayoría a Antonio Gali Fayad. En su resolución, el magistrado Ricardo Adrián Rodríguez Perdomo estableció que en lo particular, el PRI solicitó la nulidad argumentando elección de Estado, violación del principio de equidad, rebase de tope de gastos de campaña, desvío de recursos, ataques misóginos contra la candidata, entre otros. Morena solicitó la reapertura de casillas dado que los cómputos favorecieron a Compromiso por Puebla; el PRD denunció rebase de gastos de campaña, uso de recursos de procedencia ilícita, así como la declaración de validez y entrega de constancia. La independiente Ana Teresa Aranda acusó actos tendientes a impedir su candidatura, irregularidades hacia la participación de sus representantes de casilla, escrutinio a favor de Compromiso por Puebla, la declaración de validez de la elección y entrega de constancia de mayoría. Tras declarar infundados los agravios y sobreseer las impugnaciones, el magistrado Jorge Sánchez Morales señaló que acompañaría la sentencia, sin embargo, hizo énfasis en que los actores políticos no acreditaron de manera suficiente la existencia de agravios |