Viernes 31 Marzo 2017

La modificación del artículo 12 de la Constitución local en materia de derecho al agua, derivó en que las 14 controversias interpuestas ante la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) sean improcedentes, pues los procesos iniciaron con un texto distinto al denunciado, explicó el diputado local, Julián Peña Hidalgo.

Durante la mañana de ayer, la Comisión de Gobernación y Puntos Constitucionales aprobó la corrección a la fracción sexta del artículo 12 constitucional, para "proteger el derecho que tiene toda persona al acceso, disposición y saneamiento de agua, para consumo personal y doméstico".

"Con esta reforma quedan sin efecto las controversias, porque se van a sobre ceder; es decir, al no tener materia, porque no estaría en el texto, como plantean las controversias constitucionales, las dejarían sin efecto", mencionó el legislador.

Consideró que los cambios a la reforma del agua fue en respuesta a las constantes movilizaciones organizadas en el estado, a la par de que atendieron un tema que se tornó político; sin embargo, aseguró que los Ayuntamientos aún cuentan con las facultades para conceder el servicio a cualquier empresa.