Ordena TEEP pago a regidores en 3 municipios

En sesión de pleno, se votó por mayoría, que los regidores de Tepango no reciban sus salarios por incumplir en sesiones de Cabildo

Ante el incumplimiento de pago para un grupo de regidores en los Ayuntamientos de Coronango, Cuayuca de Andrade y Palmar de Bravo, el Tribunal Electoral del Estado de Puebla (TEEP) ordenó efectuar la remuneración correspondiente al encontrar que fueron agraviados en sus derechos, no así los representantes de Tepango de Rodríguez, de quienes se comprobó que no asistieron a sesiones de Cabildo e incumplieron con su labor.

El magistrado Fernando Chevalier Ruanova presentó su ponencia sobre el caso de Tepango de Rodríguez, en la que estableció que los regidores no comprobaron su asistencia a las sesiones de Cabildo, obligación que tienen como representantes populares; ante el incumplimiento, se consideró que no tendrían acceso a su salario. Posición a la que refutó el magistrado Jesús Sarabia Rivera

En lo particular, los magistrados votaron por unanimidad que el Ayuntamiento de Coronango haga el pago completo del aguinaldo que adeuda a un regidor; asimismo, al de Cuayuca de Andrade, ordenó que debe liquidar los salarios y restituir en su cargo a una regidora, también se decidió amonestar a la presidenta municipal.

En tanto, ordenaron al ayuntamiento de Palmar de Bravo a cumplir con la entrega del salario de sus regidores y convocarlos de manera continua a las sesiones de Cabildo.

"En la mayoría de los casos les damos la razón a los regidores quejosos porque hay un mandato constitucional que así lo prevé, no obstante, lo que hay que advertir es que los regidores no van a trabajar, los regidores no cumplen con la función para la que fueron electos, en consecuencia los presidentes municipales, mandan a llamar a los suplentes que sí cumplen y ellos están devengando un salario", agregó Chevalier sobre el caso de Tepango.

De forma adicional, el magistrado señaló que la sentencia del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) para modificar el financiamiento, no debe ser tomada como una corrección, ya que ha habido discrepancia en los criterios que el máximo órgano ha determinado, como la orden de pérdida de registro del partido Pacto Social de Integración (PSI) y luego la de darle prerrogativas.

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