Inválidas en Puebla, nuevas actas para transexuales

Es necesario un juicio de amparo para que quede sin efecto el acta de nacimiento original, explica Brahim Zamora, del Odesyr

Contar con una nueva acta de nacimiento expedida en la Ciudad de México que reconozca el cambio de identidad sexual, no garantiza que sea válida en Puebla, pues se necesita interponer un juicio de amparo para que quede sin efecto el documento original, proceso que tardaría de tres a seis meses, explicó el integrante del Observatorio de Derechos Sexuales y Reproductivos (Odesyr), Brahim Zamora Salazar

El pasado fin de semana, la Consejería de la Ciudad de México entregó 235 actas de nacimiento para personas transexuales, de las cuales, 11 se tramitaron por poblanos y, entre los beneficiados, también se encuentran ciudadanos de Veracruz, Guanajuato, Querétaro y Jalisco.

Zamora Salazar explicó que el registro civil de la Ciudad de México le tiene que dar vista al de Puebla y el resto de los estados para que reconozcan las nuevas identidades de las personas transexuales; en caso contrario, los 11 poblanos tendrán que interponer un juicio de amparo.

"Lo que ha sucedido en el estado de Puebla es que no han hecho este trámite en la Ciudad de México y han tenido que irse a un juicio de amparo porque lo que ocurre es que tienen doble documentación y eso es ilegal", afirmó.

En entrevista, indicó que ante la falta de una legislación en el estado de Puebla no se puede llevar a cabo ningún trámite con la nueva acta de nacimiento, como un título universitario; al respecto, recordó que el Odesyr tiene conocimiento de dos estudiantes que no pueden tramitar su grado con el nuevo documento, pues iniciaron sus estudios con el original. Pero recordó que la credencial de elector sí se puede obtener por acuerdo del Instituto Nacional Electoral (INE).

"Nosotros invitaríamos a estas personas que han logrado su acta en la Ciudad de México y que van a tener que iniciar un juicio de amparo a que también se amparen indirectamente contra el Poder Legislativo; es decir, contra su omisión para tener un Código Civil que considere la situación de transexualidad de las personas y que por lo tanto pueda ser modificado en su articulado para que tengan acceso a este derecho", concluyó.

  • URL copiada al portapapeles