Hasta 8 años de cárcel y multa de 942 mp para tratantes

La pena para quienes estén involucrados en el delito de trata de personas se establece en el Código Penal del Estado de Puebla

A quienes estén involucrados en el delito de trata de personas, será penados con un periodo de 4 a 8 años de prisión y una multa que iría de los 18 mil 850 pesos a los 942 mil 500 pesos, según establece el Código Penal del Estado de Puebla.

En dicho ordenamiento, el delito de trata de personas se enmarca en delincuencia organizada y el responsable se haría acreedor a prisión preventiva, en tanto, las autoridades están facultadas para solicitar medidas cautelares para la seguridad y protección de las mismas, los ofendidos y testigos.

El Código Penal indica que se debe llevar a cabo la reparación del daño y éste puede provenir del aseguramiento de los bienes de quien resulte responsable de la comisión del delito.

La Ley para la Prevención del Delito de Trata de Personas y para la Protección y Asistencia de sus Víctimas del Estado de Puebla, se aprobó en diciembre de 2012 y de acuerdo con la información publicada por el Congreso, no se han realizado cambios desde entonces.

La actual legislatura sólo ha presentado dos iniciativas para modificar la ley en materia de trata, ambas de diputados priistas. José Chedraui Budib presentó una propuesta para modificar el ordenamiento, a fin que durante el proceso legal para imputar la acusación, la conducta sexual de la víctima sea irrelevante; mientras que Sergio Salomón Céspedes Peregrina presentó un paquete de reformas para estipular las funciones de los distintos actores en el ámbito de prevención y atención.

Esta casa editorial publicó en ediciones recientes que como parte de la armonización que realizaron los Congresos de la Ley de Trata, Puebla no adicionó otros componentes y recurrió a una transcripción de la Ley General, sin especificar cómo se va a orientar la política pública en el estado ni quién medirá los indicadores y resultados de la misma.

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