Con dos votos a favor y uno en contra, el Tribunal Electoral del Estado de Puebla (TEEP) declaró improcedente el recurso que presentó la diputada Socorro Quezada Tiempo sobre su expulsión del Partido de la Revolución Democrática (PRD). Durante la sesión pública, el magistrado Fernando Chevalier, mencionó que la impugnación no procedió ya que la diputada entregó siete discos con audios y 72 links de notas, que dieron como resultado un daño irreparable a la imagen del PRD, incluso consideraron que con estas acciones se afectó la estrategia de su partido en este año electoral. Con dicha decisión, el TEEP ratificó la resolución de la Comisión Jurisdiccional del PRD para poder destituir de la diputada de la dirigencia estatal y expulsarla del partido. "Realizó una afectación a los intereses del partido y la sanción corresponde con la gravedad de la falta", puntualizó Chevalier Ruannova Los que votaron a favor fueron los magistrados Fernando Chevalier Ruannova y Ricardo Rodríguez Perdomo, el voto en contra fue del magistrado Jesús Saravia Rivera; este último explicó que su voto fue porque las declaraciones de Quezada Tiempo fueron tiempo antes de iniciar el proceso electoral. Hay que recordar que el 18 de enero, el Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) ordenó a los magistrados del Tribunal Electoral del Estado de Puebla (TEEP) resolver en un plazo de cinco días la impugnación que presentó Socorro Quezada Tiempo. La ex presidente del PRD, informó que de no resolverse su impugnación presentaría una queja en contra de los magistrados locales por desacato a un ordenamiento federal.
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