Martes 06 Marzo 2018

El Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (Tepjf) admitió el expediente que interpuso el partido Movimiento Regeneración Nacional (Morena) en contra del tope de gastos de campaña para gobernador, alcaldías y diputaciones por 45 millones 528 mil 398 millones de pesos.

El pasado 24 de febrero, el Instituto Electoral del Estado (IEE), en sesión ordinaria del Consejo General, aprobó los topes de campaña para el proceso electoral 2018. Sobre el tema, el consejero presidente del IEE, Jacinto Herrera Serrallonga, explicó que en el caso de las diputaciones locales, los 45 millones de pesos se tenían que dividir entre los 26 distritos del estado.

Al conocer el monto, Luis Fernando Jara Vargas, representante de Morena en el Instituto Electoral, presentó una impugnación para que se redujera el presupuesto de campaña, pues en estados como la Ciudad de México y Jalisco, los candidatos tienen un límite por 30.2 y 28.5 millones de pesos, respectivamente.

Fue el 26 de febrero cuando Jara Vargas promovió un Juicio de Revisión Constitucional (JRC) en contra del gasto aprobado en la última sesión del Consejo General. A su vez, el presidente del Comité Directivo Estatal (CDE) del PRI, Jorge Estefan Chidiac, anunció que su planilla también impugnaría, ya que consideraban que el presupuesto aprobado para la campaña a gobernador, era un monto excesivo.

La cédula de notificación emitida por Morena fue admitida este 3 de marzo, en ella se puntualiza que la secretaria General de Acuerdos, María Cecilia Sánchez notificó a la magistrada Janine Otálora, presidenta de la Sala Superior que el oficio recibido en la oficialía de partes tiene el registro IEE/PRE/1119/18, mediante el cual, el consejero presidente del Consejo General del IEE de Puebla remite el informe circunstanciado y la demanda presentada por Luis Fernando Jara Vargas en representación de Morena.

Se señala que Jara Vargas, promueve un juicio de revisión constitucional electoral, a fin de impugnar el acuerdo CG/AC-024/18, emitido por el Consejo que determinó los topes de campaña.

El expediente quedó asentado con el folio SUP-JRC-17/2018, y la magistrada encargada del caso será Mónica Aralí Soto Fregoso. El juicio de revisión constitucional especifica que el acto reclamado es lo siguiente: "Acuerdo CG/AC-024/18 del Consejo General del Instituto Electoral del Estado de Puebla por el que se determinan los topes a los gastos de campaña para el proceso electoral estatal ordinario 2017-2018".