Dan luz verde a multa de 8 mil pesos y arresto por acoso callejero

Las conductas prohibidas son expresiones verbales o no verbales con connotación sexual o lasciva, como comentarios, jadeos o silbidos

Dan luz verde a multa de 8 mil   pesos y arresto por acoso callejero
Especial | Regidores de pronunciaron a favor de acciones para proteger a las mujeres Dan luz verde a multa de 8 mil pesos y arresto por acoso callejero

El acoso sexual callejero será sancionado con 36 horas de arresto y una multa económica de hasta 8 mil pesos y el acusado será sometido a un curso de sensibilización, así lo aprobaron los integrantes del Cabildo del Ayuntamiento de la capital poblana.

Las nuevas medidas entrarán en vigor al ser publicadas en el Periódico Oficial del Estado. Será considerada una agresión cuando una persona toca a otra sin su consentimiento, arrimar una parte del cuerpo con la intención de molestar a otro, mostrar los genitales y miradas intimidantes o lascivas.

 

Las personas ofendidas, ya sean hombres o mujeres, tienen diversas opciones para denunciar este problema, acercarse a un policía para señalar al culpable, acudir al juzgado calificador, llamar al 911, incluso pueden hacer uso de la aplicación Freno al Acoso, explicó el regidor Miguel Méndez Gutiérrez.

Las penas económicas contra los agresores van desde 10 Unidades de Medida y Actualización (UMA) hasta 100, lo cual equivale a un monto mínimo de 806 pesos, hasta 8 mil 60 pesos.

Durante la sesión ordinaria, el presidente municipal de la capital poblana, Luis Banck Serrato, declaró que una de cada dos capitalinas ha sido agredida en lugares públicos, de éstas, siete de cada 10 coincidieron en que no fueron víctima de un delito.

Uno de los aspectos que más les molestaron, además de ser violentadas, es la indiferencia de la sociedad, pues a pesar de ser agraviadas en espacios libres no las respaldan, expresó Banck Serrato.

Conforme a datos del Observatorio Ciudadano de Derechos Sexuales y Reproductivos (Odesyr), de enero de 2017 a febrero de 2018, ocurrieron118 asesinatos de mujeres en Puebla. Con 22 casos en el periodo antes referido, la capital destacó a nivel estatal.

 

En su participación, la regidora Ana Karen Rojas Durán, recordó que según la Encuesta Nacional sobre la Dinámica de las Relaciones en los Hogares (ENDIREH) 2016, 47 por ciento de las poblanas han padecido incidentes de violencia en áreas abiertas como calles, parques y el transporte público.

Las modificaciones en el Código Reglamentario Municipal (Coremun) se reflejarán en el artículo 209, al cual se adicionó el inciso r, donde se describe que se penarán las siguientes conductas: expresiones verbales con connotación sexual o lasciva, como palabras, comentarios, jadeos, silbidos o cualquier sonido que pueda aludir al cuerpo, la sexualidad, la forma de vestir o la edad.

También se consideran las conductas no verbales con connotación sexual o lasciva, como exhibición de genitales, masturbación, actos que involucren contacto corporal, tocamientos, roces intencionales u opresiones de genitales contra el cuerpo.

Se suman también, invitaciones, insinuaciones, solicitudes o proposiciones para actos lascivos o con connotación sexual, de acuerdo con el dictamen.

A la par se considerará una falta, la captación de imágenes, videos o cualquier registro audiovisual del cuerpo o de alguna parte de connotación sexual o lasciva.

Como parte de la reforma se instruyó al Instituto Municipal de las Mujeres capacitar y sensibilizar sobre este tema a funcionarios así como a estudiantes de instituciones públicas o privadas desde el nivel básico al superior.

El pasado 2 de agosto de 2018 el Consejo Ciudadanos de Derechos Humanos de Puebla señaló a través de su perfil de Facebook que desde el 27 de septiembre de 2017 habían propuesto catalogar este tipo de acciones como una violación administrativa y por lo tanto sancionarla.

En su edición del 3 de agosto de 2017, El Popular, diario imparcial de Puebla, publicó que Ana Jetzi Flores Juárez, responsable del programa de Género en la Universidad Iberoamericana (UIA) y del Observatorio de Violencia Social y de Género, consideró que las sanciones por acoso callejero no pueden tomarse como una exageración porque éstas conductas encuadran en un tipo de violencia sexual, por lo tanto, es necesario atender la problemática con la modificación de marcos jurídicos y la implementación de políticas públicas.