Ordena el TEPJF recuento por alcaldía de Atlixco

La diferencia era menor al 1% entre Guillermo Velázquez, de Puebla al Frente y el abanderado de Juntos Haremos Historia, Juan Antonio

Ordena el TEPJF recuento por alcaldía de Atlixco
Especial | Magistrados del TEPJF votaron por unanimidad Ordena el TEPJF recuento por alcaldía de Atlixco

Por ignorar la diferencia de 1 por ciento en los resultados de las votaciones de integrantes del Ayuntamiento de Atlixco, la Sala Regional de la Ciudad de México del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) ordenó realizar un nuevo escrutinio a los 100 paquetes de las votaciones no recontados.

Durante sesión pública, los magistrados votaron por unanimidad declarar parcialmente fundados los agravios del Partido del Trabajo (PT) en su recurso SCM-JRC-213/2018, en el que solicitó la reapertura y recuento de todos los paquetes electorales de la presidencia municipal de Atlixco.

En su argumentación, el magistrado ponente en el caso del Partido del Trabajo (PT) en Atlixco, Héctor Romero Bolaños, consideró que el Tribunal Electoral del Estado de Puebla (TEEP) no tomó en cuenta que el agraviado solicitó una reapertura de los paquetes electorales, al tenerse una diferencia de un punto entre el primero y segundo lugar.

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Aseguró que, al comprobarse que no se realizó un cálculo completo en los resultados de la presidencia de Atlixco, en la que ganó el candidato de los partidos Acción Nacional (PAN) y de la Revolución Democrática (PRD), Guillermo Velázquez Gutiérrez, deberá darse certeza con los paquetes no recontados.

Romero Bolaños detalló que los responsables de realizar un nuevo escrutinio en los 100 paquetes que no se tomaron en cuenta para el recuento hecho en el Consejo Municipal del Instituto Electoral del Estado (IEE) en Atlixco, serán tanto el Consejo General del organismo electoral como del TEEP.

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En su intervención, el magistrado presidente de la Sala Regional de la Ciudad de México del TEPJF, Armando Maitret Hernández, detalló que será tanto el Consejo General del IEE como el TEEP los encargados del nuevo recuento, realizándose en las 72 horas siguientes a la notificación de la sentencia.

Recordó que el motivo por el que ambos organismos electorales poblanos se encargarán de la paquetería de las votaciones no recontadas se debió a que saben que el TEEP no cuenta ni con la infraestructura y el personal necesarios para agilizar a la brevedad el nuevo resultado de la elección en Atlixco.