Martha Erika, gobernadora de Puebla

La Sala Superior del TEPJF ratificó a la candidata panista como la primera gobernadora electa del estado

Martha Erika, gobernadora de Puebla
Agencia Enfoque | Martha Erika Alonso, primera gobernadora electa. Martha Erika, gobernadora de Puebla

Con tres votos a favor y cuatro en contra, la Sala Superior del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) ratificó a Martha Erika Alonso Hidalgo como la gobernadora electa de Puebla, así como la continuidad del Consejo General del Instituto Electoral del Estado (IEE).

En la sesión, los magistrados José Luis Vargas Valdez, Felipe Alfredo Fuentes Barrera y Mónica Aralí Soto Fregoso votaron en favor de los proyectos; se pronunciaron en contra Reyes Rodríguez Mondragón, Indalfer Infante Gonzales, Felipe de la Mata Pizaña y Janine Otálora Malassis, esta última, la magistrado presidente.

Todos los magistrados que votaron en contra de los recursos SUP-JDC-517/2018 y SUP-JRC-204/2018 justificaron su decisión, al mantenerse la ventaja de Martha Erika Alonso Hidalgo sobre Miguel Barbosa Huerta en cada uno de los conteos que se hicieron de los paquetes electorales.

 

Especial #PueblaEnVilo

 

De haberse aprobado el proyecto, se destituiría al Consejo General del IEE, iniciándose investigaciones y sanciones en su contra, por irregularidades en el manejo de sufragios, convocándose a una elección extraordinaria dentro de los 90 días posteriores a la notificación al Instituto Nacional Electoral (INE).

 

Argumentos de la anulación

Desde el pasado 2 de diciembre el magistrado ponente de los recursos de anulación de la gubernatura de Puebla, José Luis Vargas Valdez, reveló el proyecto de sentencia que tendrían los juicios antes mencionados, en los que basó sus consideraciones en que el Consejo General del IEE violó la cadena de custodia.

La argumentación que dio a los juicios SUP-JDC-517/2018 y SUP-JRC-204/2018 consistió en que el Consejo General del IEE realizó 50 diligencias de apertura a la bodega en la que se resguardó la paquetería electoral, en las que no se convocó la presencia de los representantes de los partidos políticos.

También Vargas Valdez señaló que el personal del órgano local electoral reabrió paquetes, la bodega, ubicada en la junta auxiliar Ignacio Romero Vargas, no cumplió con los requisitos para proteger la paquetería, al contar con más de un acceso para entrar, así como las diligencias que efectuaron tuvieron inconsistencias.

? #PueblaEnVilo | Ochos personas entraron al área de resguardo sin personal de seguridad. Denuncian manipulación de paquetes electorales https://t.co/5jkbatbYV6 pic.twitter.com/IlgmE9qLbb

- El Popular (@diarioelpopular) December 9, 2018

Otro de los elementos probatorios de las irregularidades en el resguardo de la paquetería electoral usada en las votaciones del pasado 1 de julio, para la elección de gobernador en Puebla, que tomó en cuenta el magistrado ponente, fue que no existió un registro de las cámaras de vídeo que corroboraran su protección.

Ante los señalamientos que realizó el magistrado ponente, el consejero presidente del IEE, Jacinto Herrera Serrallonga, aseguró el 5 de diciembre que la bodega se utilizó desde las elecciones de 1998 y la normativa no los obligó a que en las diligencias que efectuaron debieran tener la presencia de partidos políticos.

 

Diferencias de los magistrados

El arranque de la sesión se programó primero para las 16 horas, luego se pasó a las 17:30 y vino un nuevo aplazamiento para las 18 horas, pero dieron las 18:30 horas y fue hasta poco antes de las 19 horas cuando el encuentro inició.

En su intervención, el magistrado ponente de la anulación, José Luis Vargas Valdez, defendió su proyecto al corroborarse que existieron actas irregulares en las diligencias efectuadas por el IEE, previo al recuento que ordenaron del 25 al 29 de septiembre, lo que no da certeza del resultado, en ninguna etapa del conteo.

? #PueblaEnVilo | Con un voto decisivo por parte de la magistrada @JanineOtalora, así se perfila la ratificación de @MarthaErikaA como gobernadora de #Puebla

? Anulación: 3
? Ratificación: 4

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- El Popular (@diarioelpopular) December 9, 2018

Advirtió que, de negarse la impugnación de la gubernatura de Puebla, pondría en riesgo la integridad electoral de la Sala Superior del TEPJF, pues existieron elementos suficientes con las grabaciones de las cámaras de seguridad y las anomalías en los mecanismos de seguridad de la bodega, para su anulación.

"Esta elección huele mal, antes, durante y después de la elección, se dirá, bueno, esa no es una causal de ley y eso, pues, es sólo su percepción, yo diría tienen razón, pero, además, como ya se dijo, está sustentado lo que presento, se dan situaciones que no es la primera vez que se dan", sentenció.

Por su parte, el magistrado, Felipe Alfredo Fuentes Barrera, respaldó la propuesta de Vargas Valdez, al tenerse justificada la falta de certeza en el cuidado de los paquetes electorales, pues en las 50 diligencias, sin la presencia de representares de partidos políticos, y la falta de grabaciones no garantiza los resultados.

Al respecto, el magistrado, Reyes Rodríguez Mondragón, se manifestó en contra del juicio, ya que, a su parecer, en cada uno de los recuentos Martha Erika Alonso Hidalgo mantuvo su ventaja de 100 mil votos sobre Miguel Barbosa Huerta, con lo que jamás se modificó el comportamiento de los resultados.

Indalfer Infante Gonzales, magistrado del órgano federal, opinó que el Movimiento Regeneración Nacional (Morena) presentó una demanda distinta a la Sala Superior que la del TEEP, pues la presunta violación de la cadena de custodia no lo expusieron en la institución local, que debió tomarse en cuenta en el recurso inicial.

Felipe de la Mata Pizaña, magistrado de la Sala Superior, tampoco compartió el proyecto de la anulación de la gubernatura de Puebla, debido a que en el recuento que ordenaron en septiembre de este año no demostró que se tuvieran alteraciones graves, en comparación con el cómputo original, descartándose pruebas claras.

La magistrada de la Sala Superior, Mónica Aralí Soto Fregoso, externó que estuvo a favor de la propuesta de Vargas Valdez, pues en las escazas grabaciones de seguridad se apreció que no existió un verdadero cuidado de la paquetería electoral en la bodega, quitándose la certeza del resultado.

Dado al empate en las opiniones de los magistrados, la presidenta de la Sala Superior, Janine Otálora Malassis, apoyó la ratificación de Martha Erika Alonso Hidalgo, pues descartó que existiera una vulneración a los paquetes electorales, que pusieran en duda los resultados de la elección.

 

Nueva demanda en contra de Vargas Valdez

Previo a la resolución de los comicios de la gubernatura de Puebla, el consultor político, Jean Paul Huber Olea y Contró, interpuso el recurso SUP-QRA-4/2018 en contra del magistrado ponente de los juicios de anulación, José Luis Vargas Valdez, al acusarlo de que violó la Ley Orgánica del Poder Judicial de la Federación.

El también primer docente por Oposición de las Cátedras de Derecho Procesal Electoral y Derecho Electoral de la Universidad Nacional Autónoma de México (UNAM) detalló en su demanda que Vargas Valdez vulneró el Reglamento Interior del TEPJF, al hacer público su proyecto de sentencia en redes sociales.

Con la demanda de Jean Paul Huber Olea y Contró, el magistrado ponente de la anulación a la gubernatura de Puebla sumó tres demandas, pues los partidos de la Revolución Democrática (PRD) y Acción Nacional (PAN), así como la coalición Por Puebla Al Frente, pidieron que se abstuviera de participar en la resolución.

Para los juicios SUP-IMP-3/2018 y SUP-IMP-4/2018, promovidos por el PAN y PRD, respectivamente, la Sala Superior del TEPJF determinó que, pese a los señalamientos de ambos institutos políticos, decidieron que se mantuviera en la resolución de la anulación de la gubernatura de Puebla.