Sancionan a ocho aspirantes por actos anticipados de campaña

A través de un comunicado de prensa, el Ayuntamiento de Puebla confirmó que acataron la sentencia SCM-JDC-6/2019 que recibieron

Sancionan a ocho aspirantes por actos anticipados de campaña
Agencia Enfoque | TEEP determinó por unanimidad amonestarlos de forma pública a todos. Sancionan a ocho aspirantes por actos anticipados de campaña

Por la confirmación de actos anticipados de campaña de ocho de los candidatos en la junta auxiliar de Ignacio Zaragoza, el Tribunal Electoral del Estado de Puebla (TEEP) determinó por unanimidad amonestarlos de forma pública a todos, así como consideraron que las sanciones de la Comisión Plebiscitaria eran un despropósito.

Durante sesión pública, celebrada la madrugada de ayer, el magistrado ponente del caso TEEP-A-011/2019, Jesús Gerardo Saravia Rivera, argumentó que el demandante, Sergio Regulo Cortés Santiago, candidato a la presidencia de la junta auxiliar de Ignacio Zaragoza en la capital poblana, acreditó los actos de promoción.

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Recordó que los candidatos que ameritaron sanciones públicas por sus conductas fueron: Raúl Toxtle Romero, Ismael Hernández Romero Campos, Alejandro Lázaro Martínez, Domingo Morales Jiménez, María del Roció Galván Castañeda, Marco Antonio Barrientos Pérez y Víctor Hugo Ramírez Corona.

En su intervención, la magistrada del TEEP, Norma Angélica Sandoval Sánchez, opinó que de respetarse la convocatoria de la Comisión Plebiscitaria del Ayuntamiento de Puebla, los aspirantes amonestados por actos anticipados de campaña deberían perder su registro, al así establecerlo sus lineamientos.

Consideró que de cumplirse la pérdida del registro de los ocho candidatos de la junta auxiliar Ignacio Zaragoza sería injusto, debido a que se les daría la pena máxima de manera directa, así que en su opinión, deberían ser las sanciones de acuerdo con el acto realizado.

El magistrado presidente del órgano electoral, Jesús Gerardo Saravia Rivera, dijo que los lineamientos en la convocatoria de la Comisión Plebiscitaria de la capital poblana resultaron un despropósito, pues la única sanción contemplada para los actos anticipados de campaña resultó la pérdida de registro.

Ayuntamiento acata sentencia

A través de un comunicado de prensa, el Ayuntamiento de Puebla confirmó que acataron la sentencia SCM-JDC-6/2019 que recibieron de la Sala Regional Ciudad de México del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF), en la que les ordenaron el pasado 24 de enero que debían modificarse las elecciones.

De acuerdo con la sentencia del juicio SCM-JDC-6/2019, promovido por Paulo César Juárez González, candidato a la presidencia de la junta auxiliar de San Pablo Xochimehuacan, ordenaron al Ayuntamiento de Puebla que debían incluirse a las colonias del poblado en el que contendrá el promovente de la demanda.

Al respecto, el área de Comunicación Social informó en la misiva que con el fin de dar por cumplida la resolución de la Sala Regional de la Ciudad de México del TEPJF, contemplarán que se incluyan todas las secciones de San Pablo Xochimehuacan, así como no se postergará la elección, celebrándose hoy.