improcedente denuncia de Micalco contra Genoveva: TEEP

De acuerdo con los magistrados, Micalco Méndez, no presentó las pruebas suficientes para su impugnación legal contra la elección de Genoveva

improcedente denuncia de Micalco contra Genoveva: TEEP
Archivo | Rafael Micalco y Genoveva Huerta. improcedente denuncia de Micalco contra Genoveva: TEEP

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En la Sesión Pública del Tribunal Electoral del Estado de Puebla (TEEP) se declaró improcedente la denuncia de Rafael Micalco, ex líder del Partido Acción Nacional (PAN) en contra de la Comisión de Justicia del mismo partido, por lo que se ratificó el triunfo de Genoveva Huerta como la dirigente estatal del albiazul. 

De acuerdo con los magistrados, Micalco Méndez, no presentó las pruebas suficientes para su impugnación legal contra la elección de Genoveva Huerta Villegas, por tanto, fueron desechados por haber quedado sin materia. Los expedientes tenían la clave TEEP-A-094/2018 y TEEP-A-095/2018.

"El acto impugnado ha quedado sin materia de estudio lo que imposibilita el pronunciamiento del TEEP sobre el fondo de la materia planteada (…) se propone desechar las demandas" indicaron.

Hay que recordar que, Micalco Méndez, presentó el pasado 5 de noviembre el recurso SCM-JDC-1222/2018, con el que tenía la intención de que los magistrados de la Sala Regional de la Ciudad de México anularan la elección de Genoveva como la nueva dirigente del PAN, tras no tener ningún contendiente para el cargo.

Y para el 28 de noviembre, notificó a la Sala Regional del TEPJF de la inejecución de las sentencias SCM-JDC-1222/2018 y SCM-JDC-1227/2018, en las que la magistrada María Guadalupe Silva Rojas ordenó que el PAN nacional debía dar trámite a su demanda. Posteriormente acusó al Comité Ejecutivo Nacional (CEN) de no ejecutar la sentencia del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF).

En la misma sesión, los magistrados resolvieron el expediente TEEP-A-067/2009, en el cual acordaron revocar el acuerdo de la Comisión Plebiscitaria de la ciudad de Coronango, en la que se impuso una multa de 200 días de salario mínimo a un ex candidato por actos anticipados de campaña. Asimismo, concretaron que el expediente TEEP-A-071/2019, promovidos por Héctor Mario Yañez, de Pahuatlán, quedaba fuera de tiempo y sin fundamento. 

Al finalizar la sesión el magistrado presidente, Jesús Saravia Rivera, dio a conocer que el TEEP tendrá que resolver 110 recursos de inconformidad por las pasadas elecciones de las juntas auxiliares, de todos estos, aproxima que 60 son de la Ciudad de Puebla.