Vence el plazo que el TEPJF le dio al PAN
El aspirante a la candidatura, Sulpicio Perea, denunció que la selección del académico violó los estatutos del PAN
El Partido Acción Nacional (PAN) debía entregar como fecha máxima el 25 de marzo a las 19 horas el expediente completo en el que se justifique la designación de Enrique Cárdenas Sánchez como el candidato a la gubernatura de Puebla, ordenó el Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF). Leer: Desecha el INE tres medidas cautelaresEn conferencia de prensa, Pedro Gutiérrez Varela, abogado del también aspirante del PAN Sulpicio Perea Marín, señaló que Cárdenas Sánchez es un candidato "espurio" por lo que la selección del académico de la Universidad Iberoamericana fue de manera arbitraria y violó los estatutos de dicha fuerza política. Adelantó que el mandato del Tribunal sacará a la luz las irregularidades el Comité Ejecutivo Nacional (CEN) de Acción Nacional, así como de sus dirigentes, Marko Cortés y Genoveva Huerta; comentó que en caso de detectar anomalías implementarán denuncian penales contra el mismo partido y contra Cárdenas Sánchez. Gutiérrez Varela dijo que la demanda sería por segundo desacato de una orden. "Tiene el PAN hasta las 19 horas para justificar la designación porque nos apegamos al estado de derecho y confiamos en que Cárdenas será bajado de la candidatura. Es lo que esperamos en las próximas horas," mencionó. Perea Marín señaló que en caso de que su denuncia sea atendida por los órganos jurídicos es posible que se repita el proceso de selección para el candidato a la gubernatura de Acción Nacional. Aseguró que el exrector de la Universidad de las Américas Puebla (UDLAP) utiliza al partido con la intención de satisfacer sus propios intereses políticos. "Si hay delito hay que denunciarlo a la actividad. En este caso, si me callo soy cómplice de los delincuentes," dijo el panista. Pese a lo anterior, hasta el cierre de esta edición no hubo un reporte de que la dirigencia de los blanquiazules rindiera una explicación del procedimiento aunque la Sala Superior del Tribunal lo ordenó. |