Armenta no tuvo actos anticipados de campaña: TEPJF

La Sala Superior del TEPJF determinó que el senador no incurrió en actos anticipados de campaña

Por unanimidad, la Sala Superior del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) ratificó la inexistencia de actos anticipados de campaña cometidos por el exprencadidato a la gubernatura de Puebla Alejandro Armenta Mier, luego de ser denunciado por Tania Guerrero López.

Durante sesión pública, Janine Otálora Malassis, magistrada de la Sala Superior del TEPJF, presentó el proyecto SUP-REP-33/2019, con el que Tania Guerrero López acusó al senador del Movimiento Regeneración Nacional (Morena) Armenta Mier por cometer presuntos actos anticipados de campaña.

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La demandante se inconformó con la sentencia que dio la Sala Regional Especializada del TEPJF a su demanda SRE-PSC-19/2019, pues declaró inexistentes los presuntos actos anticipados de campaña porque Alejandro Armenta Mier recibiera el apoyo del senador Jesús Encinas Meneses.

La magistrada ponente del recurso SUP-REP-33/2019, Tania Guerrero López, propuso confirmar la sentencia de la Sala Regional Especializada del TEPJF, porque consideró que lo analizaron de forma adecuada, al no considerarse como inequidad en la contienda las manifestaciones de Encinas Meneses.

Reconoció que, si bien las manifestaciones de apoyo que ofreció el senador Jesús Encinas Meneses se dieron en medio de una conferencia de prensa en la que apoyó al precandidato de Morena a la gubernatura de Puebla, no se acreditó que se violara el principio de imparcialidad.

Otálora Malassis descartó en su proyecto el uso de recursos públicos, luego de que el senador Jesús Encinas Meneses organizó la rueda de prensa en la que apoyó a Armenta Mier, así como tampoco su pronunciamiento puso en riesgo la equidad en las elecciones de Puebla.

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