La prensa digital usa asesinatos como show: Ovigem

El 52

Al menos 52 por ciento de los titulares en medios de comunicación digitales presentan como espectáculo el feminicidio, mientras que 49 por ciento no deja claro que se cometió un asesinato de esta índole, señaló el Observatorio de Violencia de Género en Medios de Comunicación (Ovigem) en su análisis de septiembre de 2018 a noviembre de 2019.

Los datos fueron recabados en un análisis en el que se comparó la información técnica, titulares, imágenes y cuerpo de las notas de 12 medios de comunicación.

Con ello buscan identificar estereotipos de género, discriminación, sexismo y revictimización en las notas; así como analizar si se resguarda la información de víctimas y victimarios, e indagar si el tratamiento de los casos de feminicidio contribuye a la comprensión de este problema social.

Parte de los resultados reflejaron que 50 por ciento de las imágenes utilizadas en las notas que se publican a través de internet reproducen la violencia.

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También que 86 por ciento de las fotografías de las mujeres con vida no tienen el rostro cubierto; y 6 por ciento de las imágenes del victimario se presentaron sin censura.

El diagnóstico del Ovigem resalta que 49 por ciento de las notas que abordan un feminicidio contienen detalles innecesarios o de carácter morboso. Puntualiza que 31 por ciento de la información que se refiere a las víctimas contienen algún prejuicio o estereotipo de género.

 

Piden a medios no lucrar

A nivel nacional, la Secretaría de Gobernación dio a conocer las acciones que implementará a fin de determinar las consecuencias jurídicas que tendrán los medios de comunicación que difundieron las imágenes del feminicidio de Ingrid Escamilla.

La dependencia convocó a los medios de comunicación convencionales y digitales, así como a los directivos de plataformas de redes sociales, para que eviten difundir imágenes de hechos vinculados a feminicidios, o cualquier otra imagen que lucre con las víctimas.

“Se exhorta a todas las autoridades federales, estatales y municipales (...) para que tomen las medidas de protección a la cadena de custodia que ordena el Código Nacional de Procedimientos Penales.”

 

 

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