Sí médicos denigran a mujeres, será considerado violencia obstétrica

El Congreso de Puebla amplió el concepto en situaciones de durante embarazo, el parto o el puerperio.

La Comisión de Igualdad de Género del Congreso del Estado aprobó por unanimidad una serie de reformas a la Ley para el Acceso de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia, con el objetivo de ampliar el concepto de violencia obstétrica.

Los diputados acordaron reformar la fracción sexta del artículo décimo, adicionar la sección tercera bis “De la Violencia Obstétrica”, con el artículo 18 bis, y derogar de la fracción séptima del artículo diez.

En particular, estas modificaciones propuestas por las diputadas Nora Escamilla y Vianney García, pretendían atender dos fenómenos recurrentes dentro de la práctica médica cotidiana: la toma de fotografías o videos durante las intervenciones médicas sin el consentimiento de la paciente, y la presencia de practicantes o estudiantes de medicina dentro de la sala sin ninguna autorización de la misma.

En Puebla, recordaron los legisladores, existe una prevalencia de 34.8 por ciento en el maltrato hacia las mujeres por violencia obstétrica, de acuerdo con la última Encuesta Nacional sobre la Dinámica de las Relaciones de los Hogares (ENDIREH) del INEGI.

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Las modificaciones aprobadas en sesión virtual de la comisión, explicó la diputada presidenta Rocío García Olmedo, son un primer paso en el ordenamiento sobre violencia obstétrica, considerándola en un principio como “toda acción y omisión por parte del personal médico y de salud que dañe o denigre o cause la muerte de la mujer durante el embarazo, el parto o el puerperio”, así como otros tratados deshumanizados y abusos.

Se especifican escenarios tales como la práctica de cesáreas que no cumplan con los criterios médicos, el uso de métodos anticonceptivos o esterilización sin consentimiento voluntario, expreso e informado de la mujer, la obstaculización sin justificación médica del apego precoz del niño con su madre para que lo cargue y amamante, así como la negación del acompañamiento de una persona de confianza durante el proceso.

En esta misma sesión se aprobó un decreto de reforma a la Ley para la Igualdad entre Mujeres y Hombres de Estado de Puebla, con el objetivo de reconocer a las mujeres en la política deportiva. En tanto que se consideró como improcedente una tercera iniciativa de decreto para modificar la Ley de los Derechos de las Niñas, Niños y Adolescentes, dado que ésta tuvo que ser enviada a otra comisión en primera instancia.

 

 

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